El pliego convoca la Licitación Pública Nacional PROMESECAL-CCC-LPN-2026-0011 para renovar durante un año licencias Microsoft Dynamics 365, por un valor referencial de RD$6,758,185.71. Fija la recepción de ofertas para el 31 de agosto de 2026 y el servicio del 19 de octubre de 2026 al 19 de octubre de 2027. Incluye requisitos de elegibilidad, criterios de evaluación y un modelo de contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige como condición no subsanable que la empresa tenga al menos tres años de experiencia, computados desde la emisión del registro mercantil, además de tres cartas de referencia. No explica cómo esa antigüedad fija es proporcional al valor y a las prestaciones de esta renovación, por lo que conviene revisar su efecto sobre la concurrencia.
“Contar con un mínimo de tres (3) años de experiencia en el área, con la finalidad de que la empresa que resulte adjudicatario del presente proceso pueda satisfacer las necesidades en tiempo oportuno de los compromisos asumidos por la misma,” (pág. 16, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El modelo contractual establece un límite de subcontratación de hasta 50% para el proveedor en general. La Ley fija un máximo general de 45% y permite hasta 50% cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES; la cláusula del modelo no refleja esa condición.
“EL PROVEEDOR podrá subcontratar o ceder la ejecución del contrato de servicio hasta el cincuenta por ciento (50%) del monto de las obligaciones comprendidas en el contrato, con la previa y expresa autorización de LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE” (pág. 71, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
Aunque el objeto es renovar licencias de software, el pliego indica que se valorará el historial de proveedores en servicios de alimentos suministrados a PROMESE/CAL, y la calidad de los alimentos y puntualidad. Ese antecedente no guarda relación manifiesta con el objeto y puede afectar la evaluación de oferentes de tecnología.
“serán tomadas en cuenta, el historial en la prestación de los servicios de alimentos, suministrados por los suplidores a PROMESE/CAL, en los cuales se ponderarán dos aspectos fundamentales, tales como: a) calidad de los alimentos suministra” (pág. 27, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego exige a los oferentes una garantía de seriedad del 1% sin exceptuar a las MIPYMES. La Ley dispone que a estas no se les requiere esa garantía, por lo que la exigencia puede limitar su participación.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, tal como se establece en el presente Pliego de Condiciones, y con las siguientes características:” (pág. 18, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona