Justificación escueta de la selección directa del inmueble
· hace 3 meses
El informe afirma que no encontró alternativas que reunieran los criterios y recomienda la selección directa, pero no identifica inmuebles comparados ni expone evidencia o resultados concretos de la evaluación de mercado. Como el reglamento contempla la selección directa de manera excepcional cuando solo un proveedor puede satisfacer la necesidad, conviene verificar en el expediente el sustento de esa conclusión.
“Asimismo, tras la evaluación del mercado en el entorno definido, no se identificaron alternativas que cumplan simultáneamente con los criterios de ubicación específica (no mayor a 1.7 kilómetros de la sede central de la Contraloría General ” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
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