Publicado el 10 jul de 2026Fechado el 7 jul de 202630 páginasEn el mensaje «Informe Pericial Defnitivo de Recomendación de Adjudicación y Acta que aprueba el informe.»
El informe pericial definitivo, fechado el 8 de julio de 2026, evalúa las ofertas económicas y recomienda adjudicar el Lote 1 a Arteluz, S.R.L. y el Lote 2 a Actividades Caoma, S.R.L., por RD$25,000,000 cada uno. Justifica la combinación por un costo comparado de RD$1,486,239.50 frente a RD$1,625,450.00 para la alternativa, con un ahorro calculado de RD$139,210.50; el informe formula una recomendación al Comité, no el acto de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe marca la garantía de seriedad como N/A para BM Eventos y vincula la exención a la condición MIPYME. El RPE consultado el 2026-09-28 registra a BM Eventos como no MIPYME; ese dato posterior no establece su condición al ofertar, por lo que conviene verificar la certificación vigente en la fecha del proceso y la base de la exención.
“N/A: Oferente certilicado cono MIPYME, exenlo de gorontía de seriedad conforne al Art. 175 de la L Nún. 47-25 de Contrataciones Públicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
Arteluz, S.R.L.El informe la recomienda para el Lote 1 por ser la segunda oferta más baja en ese lote y cumplir los requisitos; el contexto del proceso registra la adjudicación posterior.
Adjudicado
Lote 1
RD$25,000,000
Actividades Caoma, S.R.L.Presentó la plantilla de precios unitarios más baja en ambos lotes; se recomienda adjudicarle el Lote 2 por la limitación de un lote por oferente. El contexto del proceso registra la adjudicación posterior.
Adjudicado
Lote 2
RD$25,000,000
Pink Iguana, S.R.L.Oferta técnica habilitada y económica evaluada; ocupó el tercer lugar en ambos lotes según la plantilla de precios unitarios.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$50,000,000
Agencia de Viaje Milena Tours, S.R.L.Aceptó las correcciones aritméticas de sus cotizaciones y su oferta económica fue evaluada; ocupó el cuarto lugar en ambos lotes según la plantilla de precios unitarios.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$50,000,000
BM Eventos, S.R.L.Oferta técnica habilitada y económica evaluada; ocupó el quinto lugar en ambos lotes según la plantilla de precios unitarios.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$43,500,000
K&M Destinos Universales, S.R.L.No cumplió requerimientos técnicos de carácter no subsanable establecidos en el pliego; no se abrió su oferta económica.
No habilitado
Lotes 1 y 2
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Plures, S.R.L.No presentó dentro del plazo la documentación requerida para subsanar su oferta técnica; no se abrió su oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona