El Acta núm. 003-2026, de fecha 2026-07-09, aprueba la Enmienda núm. 001 al pliego del proceso FF-CCC-CP-2026-0001. Cambia la evaluación de visita técnica y degustación a un sistema por puntaje con mínimo de 90 puntos y descalificación automática por debajo de ese umbral, modifica el desempate y fija la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento en un año y hasta la liquidación del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda establece descalificación automática por debajo de 90 puntos. Aunque distribuye puntos entre aspectos de muestras, instalaciones y capacidad, el documento no especifica escalas o indicadores para asignar esos puntos; el umbral vuelve decisiva esa valoración, por lo que conviene verificar la rúbrica aplicada.
“El puntaje mínimo aceptable para la Visita técnica y Degustación es de 90 puntos. Los Proponentes que obtuviesen un puntaje inferior al señalado como mínimo, serán automáticamente descalificados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
La cláusula fija un año y, a la vez, extiende la vigencia hasta la liquidación. La redacción puede generar incertidumbre si la liquidación ocurre después del año, mientras el Reglamento dispone que la garantía se mantenga vigente hasta la liquidación; conviene verificar que el instrumento garantice efectivamente ese período.
“La vigencia de la garantía será de un (01) año, contado a partir de la constitución de esta y hasta el fiel cumplimiento y hasta la liquidación del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
12.1.3 y 13.1.4: presentación de muestras y evaluación técnicaEvaluación de visita técnica y degustación
La visita técnica y degustación se evaluaba mediante cumple/no cumple, con criterios de presentación, muestras, instalaciones y capacidad técnica.
Se asigna puntaje a los criterios y se establece un mínimo de 90 puntos; los proponentes por debajo quedan automáticamente descalificados.
Endurece
8. Desempate de ofertasCriterios de desempate
En caso de empate se prefería la oferta con contratación de personas con discapacidad o con un plan empresarial de responsabilidad ambiental.
Se conserva únicamente la preferencia por contratación de personas con discapacidad; si ninguna oferta cumple ese criterio, se decide mediante sorteo público ante notario.
Relaja
11. Garantía de fiel cumplimiento del contratoVigencia de la garantía
El texto inicial no fijaba un período de vigencia de la garantía en el párrafo transcrito por la enmienda.
Se añade que la garantía tendrá vigencia de un año desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona