El presupuesto anexo resumido no respalda el monto aprobado
· hace 3 meses
El acta consigna disponibilidad de fondos por RD$52,817,973.95, pero el resumen del presupuesto de referencia del expediente indica que los precios e importes están en blanco y que el total figura como RD$0.00. Conviene verificar la conciliación entre ese presupuesto, los estudios previos y la certificación de fondos antes de tener por sustentado el valor estimado.
“Que de igual modo, hemos verificado la disponibilidad de fondos para dicha contratación, por un monto ascendente a CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIESICIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES PESOS DOMTNTCANOS CON 951L00, (RDs52,817,973.9”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.