El Comité de Contrataciones Públicas del MINERD, mediante acta del 30 de junio de 2026, adjudicó por selección directa el proceso MINERD-CCC-PEAC-2026-0008 a Lidera Escuela de Líderes L.E.L, S.R.L. por RD$12,800,500. El acta recoge una justificación de proveedor único, pero también fundamenta la excepción en la contratación de instituciones de educación superior y centros de investigación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta cita la excepción para contratar universidades y centros de investigación, cuyo reglamento contempla instituciones académicas y organizaciones sin fines de lucro de investigación; sin embargo, identifica como adjudicataria a una S.R.L. y reproduce una justificación distinta, de proveedor único. La excepción de proveedor único tiene requisitos propios, por lo que conviene verificar qué fundamento sustentó la selección y la elegibilidad de la adjudicataria.
“Que el artículo núm. 78 numeral 10 de la Ley Núm. 47-25 de Contrataciones Públicas establece lo siguiente: "Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: (...”
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Artículo 169.- Procedimiento de selección directa para la contratación de instituciones de educación superior y centros de investigación para la prestación de servicios profesionales y técnicos especializados. La contratación directa prevista en el numeral 10 del artículo 78 de la Ley núm. 47-25 procede exclusivamente cuando el objeto contractual requiera conocimientos, capacidades técnicas, experiencia institucional o investigación especializada que solo puedan ser provistos por instituciones de educación superior o centros de investigación, nacionales o internacionales, y no exista una alternativa razonable para su satisfacción mediante un procedimiento competitivo. Párrafo I. Pueden ser…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
El acta adjudica el lote único por RD$12,800,500, igual al monto estimado del proceso. Según el portal, las otras tres ofertas registradas son inferiores, entre RD$10,738,000 y RD$11,008,430; podrían no ser técnicamente equivalentes o haber resultado no habilitadas, por lo que corresponde contrastar el informe de evaluación y el análisis de razonabilidad del precio antes de concluir sobre el efecto económico.
“ADJUDICA, a la empresa Lidera Escuela de Lideres L.E.L, S.R.L … correspondiente al proceso de excepción por selección directa para Contratación de Diplomado "Yo Emprendedor" y Jornadas de Liderazgo, Crecimiento Personal y Cultura de Paz”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Lidera Escuela de Líderes L.E.L, S.R.L.Adjudicación por selección directa para el servicio de diplomado y jornadas de liderazgo, crecimiento personal y cultura de paz.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona