El Acto Administrativo núm. 0093/2026, fechado el 25 de mayo de 2026, aprueba los documentos base, la selección directa y el inicio del proceso MINERD-CCC-PEAC-2026-0008, y designa cinco peritos. El informe incorporado consigna un monto estimado de RD$12,800,000, mientras que el portal registra RD$12,800,500.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto presenta el artículo 169 del Reglamento 52-26 como una regla de selección directa específica para este diplomado. Ese artículo regula la contratación directa de instituciones de educación superior y centros de investigación; la atribución consignada puede afectar la identificación y motivación de la excepción que restringe la competencia.
“Que, en ese mismo tenor, el artículo núm. 169 del Reglamento de Aplicación núm. 52-26 de Contrataciones Públicas, establece: "Artículo 169.-Procedimiento de selección directa para la Contratación de Servicio de Diplomado "Yo Emprendedor" y ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 169 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 169
Artículo 169.- Procedimiento de selección directa para la contratación de instituciones de educación superior y centros de investigación para la prestación de servicios profesionales y técnicos especializados. La contratación directa prevista en el numeral 10 del artículo 78 de la Ley núm. 47-25 procede exclusivamente cuando el objeto contractual requiera conocimientos, capacidades técnicas, experiencia institucional o investigación especializada que solo puedan ser provistos por instituciones de educación superior o centros de investigación, nacionales o internacionales, y no exista una alternativa razonable para su satisfacción mediante un procedimiento competitivo. Párrafo I. Pueden ser…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
El informe incorporado al acto indica RD$12,800,000, mientras que el monto estimado del portal y el contrato registrado son RD$12,800,500: una diferencia de RD$500. Puede ser un error material de transcripción, pero conviene verificar cuál monto respaldó la aprobación y la apropiación presupuestaria.
“Monto del Contrato / Monto Estimado del Proceso RD$ 12,800,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Fundación Impulsa Tu Liderazgo República Dominicana (FUNILIRD)El informe recomienda contratarla mediante excepción como proveedor único; el acto no la identifica como oferente formal ni consigna su RNC.
Mencionado
Lote único
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LIDERA Escuela de LíderesEl informe la identifica como titular de la metodología y señala que FUNILIRD desarrolla el programa a través de LIDERA; el acto no la identifica como oferente formal.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona