La Resolución INESPRE-CCC-2026-0011, de 2026-07-06, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso INESPRE-CCC-CP-2026-0012. Modifica el cronograma, las especificaciones del salami, la capacidad operativa requerida, la vida útil, las entregas, las muestras y los parámetros de evaluación; el nuevo calendario fija la recepción de ofertas para el 2026-07-09.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se sustituye la disponibilidad en almacenes, verificable como existencia de bienes, por una obligación general de capacidad operativa y logística, sin precisar en este texto cómo se acreditará..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La evaluación asigna puntos a expresiones como «optimiza los tiempos» y «muestra excelente», sin que esta enmienda incluya indicadores o una escala más precisa para resolver diferencias de valoración. Conviene verificar en el pliego completo cómo se operacionalizan esos juicios para asegurar aplicación uniforme entre ofertas.
“El cronograma optimiza los tiempos y … garantiza entregas inmediatas según Entregas Comercialización: 10 pts … Muestra excelente (color característico, olor/ sabores agradables, interior homogéneo y compacto): 15 pts”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
La enmienda reduce el máximo de humedad de 60% a 5%, y mantiene este último valor en la evaluación de laboratorio. Por lo inusual de la reducción para un producto descrito como salami, conviene verificar su correspondencia con las NORDOM citadas y que el criterio sea técnicamente alcanzable por productos que satisfagan la necesidad.
“a) Humedad: máx. 60% … a) Humedad : máx. 5 %”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma de actividadesFecha límite de recepción de ofertas y calendario
El pliego fijaba la recepción de ofertas para el 2026-07-07, según el resumen del pliego original.
La enmienda fija la recepción de ofertas técnicas, económicas y muestras para el 2026-07-09 a las 2:00 p. m.; apertura del Sobre A a las 2:30 p. m.
Relaja
Especificaciones técnicas, numerales 3 y 4Denominación y composición del salami
Salami Superior, bajo NORDOM 53 y 66; humedad máxima 5%, proteína mínima 10%, grasa máxima 20%, proteína agregada máxima 4% y almidones agregados máximos 10%; ya no incluye el parámetro de nitritos.
Neutral
Criterio del oferente, numeral 5Disponibilidad para atender el suministro
El adjudicatario debía contar con disponibilidad en sus almacenes para suplir la cantidad solicitada.
Debe garantizar capacidad operativa y logística para atender los requerimientos, conforme a cantidades y plazos del pliego.
RelajaQuita un control: Se sustituye la disponibilidad en almacenes, verificable como existencia de bienes, por una obligación general de capacidad operativa y logística, sin precisar en este texto cómo se acreditará.
Condiciones de entrega, numeral 6Vida útil mínima del producto
Vencimiento mínimo de un año al momento de la entrega.
Vida útil mínima de 120 días desde la fabricación y conservación de al menos el 90% de esa vida útil al momento de la entrega.
Relaja
Tiempo de entrega, numeral 7Plazo y entregas parciales
50,000 libras dentro de un día hábil desde la notificación de la suscripción del contrato.
25,000 libras dentro de siete días hábiles y las 25,000 libras restantes dentro de los quince días hábiles siguientes a la primera entrega.
Relaja
Presentación de muestras, numeral 11.1.2Cantidad y presentaciones de muestras
Se exigían muestras de los ítems conjuntamente con la oferta, sin especificar en este apartado dos muestras físicas de presentaciones concretas.
Se exigen dos muestras físicas: una de 1.5 libras y otra de 3 libras, identificadas y correspondientes al producto ofertado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona