Publicado el 7 jul de 2026Fechado el 6 jul de 202670 páginasEn el mensaje «ACTO ADMINISTRATIVO DE RECTIFICACION NO.MOPC-RECT-071-2026; Informe Rectificativo al Informe Definitivo de Evaluación Tecnica.»
La Comisión de Peritos remitió el 7 de julio de 2026 el informe rectificativo de la evaluación técnica del proceso de emergencia MOPC-MAE-PEEN-2026-0005, cuya evaluación aparece fechada el 24 de junio. Tras reevaluar cinco reclamaciones, modificó los puntajes de TERRASA, SRL (de 56.35 a 60.00) y CONSTRUCTORA CAMPOS, SA (de 58.50 a 59.25); mantuvo sin cambios los puntajes reclamados por los otros tres oferentes. El informe recomienda habilitar a 26 oferentes para la evaluación económica, por lotes, y no habilitar a cuatro; no adjudica ni fija montos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe rectificativo elevó el puntaje de TERRASA de 56.35 a 60.00 y el de CONSTRUCTORA CAMPOS de 58.50 a 59.25; afirma que, tras reevaluar las ofertas, solo esos dos puntajes fueron modificados. Aunque consigna razones técnicas, conviene verificar la aplicación uniforme de la rúbrica y el efecto de estos cambios en la evaluación económica posterior.
“El puntaje luego de la reevaluación por parte de la comisión de peritos es de … Evaluación Experiencia y Capacidad del Personal (25Ptos.) | 25 … TOTAL DE PUNTAJE | 60.00”
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
TERRASA, SRLHabilitada para participar en la evaluación económica de los lotes 1, 2 y 3; el informe rectificativo elevó su puntaje técnico de 56.35 a 60.00.
CONSTRUCTORA CAMPOS, SAHabilitada para participar en la evaluación económica del lote 3; el informe rectificativo elevó su puntaje técnico de 58.50 a 59.25.
Habilitado
Lote 3
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CONSORCIO YARULL INVERPEXHabilitado para participar en la evaluación económica de los lotes indicados; el informe consigna registro provisional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…