La solicitud de propuesta de julio de 2026 invita a M&T Services Pérez, SRL a presentar oferta para las acciones formativas virtuales del Lote III, Ensanche Ozama, por un monto presupuestado de RD$9,775,000. La convocatoria figura publicada el 07/07/2026 y el pliego fija la recepción de ofertas hasta el 15/07/2026. También establece condiciones de ejecución, pagos, garantías y penalidades para el contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego indica que INFOTEP no pagará intereses por retrasos, aunque la Ley 47-25 establece que, vencido el plazo máximo de pago, se aplican los intereses por mora previstos en el contrato. La cláusula reduce expresamente la protección económica del contratista ante pagos tardíos.
“El INFOTEP, no pagará bajo ningún concepto interés alguno por retrasos en los pagos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La sección de penalidades enumera advertencias, ejecución de garantías y rescisión, pero no fija la proporción ni la determinación de penalidades diarias por retraso. La Ley 47-25 dispone que esas penalidades deben determinarse en el pliego y el contrato.
“El INFOTEP podrá aplicar las siguientes sanciones: a) Advertencias escritas. b) Ejecución de las garantías. c) Rescisión unilateral sin responsabilidad para la entidad contratante.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
M&T Services Pérez, SRLLa información del acta de adjudicación proporcionada indica que fue adjudicado el Lote III – Ensanche Ozama por cumplir con las especificaciones técnicas y las demás condiciones del pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona