Apropiación prevista cubre solo la mitad del presupuesto estimado
· hace 3 meses
El acta indica que la previsión de apropiación para 2026 es RD$27,387,174.38 frente a un presupuesto estimado de RD$54,774,348.74, y que el resto se consignará en el presupuesto de 2027. Añade que el certificado se emitirá al publicar el proceso, aunque el acto de inicio está fechado el 11 de junio; debe verificarse la cobertura presupuestaria total y el momento de emisión del certificado. Esta señal aporta la cifra y la previsión plurianual concretas al hallazgo presupuestario ya registrado para el proceso.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria correspondiente a VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS (RD$27,387,174.38)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
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