La matriz de riesgos no consigna evaluaciones concretas
· hace 3 meses
El estudio afirma que se realiza una matriz para mitigar riesgos, pero para cada riesgo solo presenta las opciones «Bajo, Medio, Alto» sin identificar un nivel seleccionado ni observaciones. Esto limita la trazabilidad de la identificación, valoración y asignación de riesgos que deben sustentar los estudios previos.
“Con el fin de anticipar posibles amenazas que afecten el uso de los inmuebles a contratar, se realiza una matriz de riesgos, para mitigar los mismos. Riesgo Nivel Observaciones MEDICION RESULTADO Morosidad Bajo Medio Alto Daños al inmueble ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
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