La notificación, fechada el 1 de julio de 2026, comunica a Merca del Atlántico, S.R.L. que quedó habilitada para la apertura de su oferta económica en la licitación MISPAS-CCC-LPN-2026-0002. Los informes incorporados registran cumplimiento legal y financiero, y una evaluación técnica que asigna cero puntos a dos controles de calidad e inocuidad alimentaria; el portal registra una oferta de RD$13,417,166.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe técnico asigna cero puntos al certificado de calidad del agua y a los análisis microbiológicos de alimentos, pero la notificación habilita a Merca para la fase económica. Aunque el informe refleja esas deficiencias en la puntuación y no permite concluir que incumpliera un umbral de habilitación, conviene verificar cómo se ponderaron estos controles sanitarios para un servicio de comidas.
“5. Certificado de calidad del agua, emitido por un laboratorio reconocido y que cuente con los permisos de la normativa vigente. 0/6 Certificado al grupo Alaska … 0/5 2 DOC. DE ANALISIS QUE SOLO CONTIENEN EL NOMBRE DEL SUPLIDOR DE AGUA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El informe considera cumplido el rubro requerido de restaurantes y catering. Sin embargo, la consulta de DGII aportada, realizada el 27/09/2026 —posterior al proceso— muestra para la empresa una actividad de asesoramiento, dirección y gestión empresarial; es un dato posterior que amerita verificar cuál era la actividad registrada al ofertar, sin establecer por sí solo incumplimiento en esa fecha.
“Nota: Rubro y actividad comercial requerido: No. Actividad Comercial Requerida (Rubro). Rubro Cumple/no cumple 01 "Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas) Cumple”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Merca del Atlántico, S.R.L.Notificada como habilitada para la apertura y lectura de la oferta económica; los informes legales y financieros consignan cumplimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona