La Enmienda No. 01, fechada el 29 de junio de 2026, modifica el pliego del proceso INDESUR-CCC-LPN-2026-0001. Generaliza la especificación del motor, reduce de 15 a 12 litros la cilindrada mínima y añade requisitos de inspección y garantía; también fija una entrega única en hasta 15 días hábiles y declara subsanable la certificación de distribuidor autorizado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la marca específica y se reduce de 15 a 12 litros el umbral mínimo de cilindrada, debilitando ese requisito técnico de capacidad..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Descripción del bien, páginas 5 y 6Especificación del motor y cilindrada mínima
Se indicaba el motor “cummins ISX” y una cilindrada de 15 litros.
Se elimina la referencia Cummins ISX y se establece un motor diésel de servicio pesado, seis cilindros, turboalimentado, de 12 a 16 litros, mínimo 500 HP y torque de 1,650 a 1,850 lb-pie o superior; la cilindrada mínima pasa a 12 litros.
RelajaQuita un control: Se elimina la marca específica y se reduce de 15 a 12 litros el umbral mínimo de cilindrada, debilitando ese requisito técnico de capacidad.
Requisitos generales y garantía, página 6Condiciones del vehículo, inspección y garantía
La enmienda no reproduce las condiciones anteriores del pliego para estos aspectos.
Añade exigencias de funcionamiento y seguridad, equivalencia técnica demostrable, inspección física, mecánica y funcional, posibilidad de rechazo o sustitución y garantía mínima de seis meses o 10,000 km para motor, transmisión y diferencial.
Endurece
Referencia del procedimiento, numeral 9.1 y documentos asociadosIdentificación uniforme del proceso
La referencia previa no se especifica en el texto de la enmienda.
Se fija como referencia correcta INDESUR-CCC-LPN-2026-0001.
Aclara
Entrega del bienPlazo y etapa de entrega
Las condiciones anteriores no se reproducen en el texto de la enmienda.
Entrega en una única etapa, dentro de un máximo de 15 días hábiles desde la certificación del contrato.
Endurece
Suscripción del contratoPlazo para formalizar el contrato
El plazo anterior no se reproduce en el texto de la enmienda.
Hasta 10 días hábiles desde la notificación del acto de adjudicación.
Aclara
Documentación técnica, página 14Certificación de distribuidor autorizado
La enmienda no reproduce el tratamiento previo de esta certificación.
La certificación del fabricante o concesionario que acredita al oferente como distribuidor autorizado se considera subsanable; su omisión inicial no implica por sí sola descalificación automática.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona