Plazo para suscribir el contrato excede el máximo legal
· hace 3 meses
La enmienda fija la adjudicación y notificación para el 11 de agosto y la suscripción del contrato hasta el 30 de septiembre. La Ley establece un máximo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación para suscribirlo; el plazo consignado es sustancialmente mayor y merece revisión.
“Acto de Adjudicación Hasta las 3:00 PM del (11) de agosto de 2026 … Suscripción del Contrato Hasta el (30) de septiembre de 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
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