La Resolución núm. 001/2025 conforma el Comité de Compras y Contrataciones de la ETED, identifica a sus cinco integrantes y distribuye sus funciones. Fue suscrita el 28 de noviembre de 2025, entró en vigor de inmediato y dejó sin efecto resoluciones anteriores sobre la conformación del comité.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución permite que los miembros designen representantes entre colaboradores bajo su supervisión, sin limitarlo a causas temporales específicas ni exigir validación del comité y constancia en acta. Para procedimientos iniciados bajo la Ley 47-25, el Reglamento 52-26 prevé condiciones concretas para esa delegación; la amplitud de esta regla puede afectar el control sobre quién delibera y vota.
“Los miembros del Comité podrán designar representantes por colaboradores bajo su supervisión para participar en su nombre, siempre mediante poder de representación. Dichos representantes asumirán plenamente la responsabilidad de las deliber”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
La resolución asigna a la responsable de la OAI la secretaría y la elaboración de actas; el Reglamento 52-26 dispone que el personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario y elaborar las actas. Conviene verificar cómo se aplicó esta diferencia en las sesiones del proceso, pues afecta la trazabilidad y custodia de las deliberaciones.
“Actuar como Secretario(a) del Comité, realizando las convocatorias a las reuniones del Comité, levantando las actas de sesión y expidiendo certificaciones de estas. Las funciones de Secretaría podrán ser asumidas por otro miembro del Comité”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona