La Circular No. 01, de fecha 2026-06-09, responde una consulta sobre las certificaciones indicadas en el pliego para la renovación del licenciamiento Nutanix por un año. Aclara que se requiere una certificación de calidad obtenida del fabricante por medio del proveedor, que enumere las certificaciones o estándares que cumple el software; no decide sobre la habilitación ni adjudicación de oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Requisitos técnicos — certificacionesAlcance de las certificaciones requeridas para el software | El pliego solicita certificaciones de normas técnicas, calidad, sostenibilidad, etc., según aplique, y las califica como no subsanables. | La circular precisa que se requiere una certificación de calidad solicitada al fabricante por medio del proveedor, que liste las certificaciones o estándares que cumple el software. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona