El acta de inicio del proceso AMR-CCC-CP-2026-0006, fechada el 22 de junio de 2026, autoriza la comparación de precios y aprueba el pliego para construir un colector pluvial y nueve imbornales por lotes. Consigna un presupuesto estimado de RD$6,185,238.07 y designa a Mariangy Berges Mosquea y Rubén Darío Antonio Guzmán Pión para evaluar las propuestas; también refiere una designación previa de tres peritos, incluido un perito técnico.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna RD$6,185,238.07, mientras que el portal y la suma de los lotes informada en el expediente registran RD$5,471,989.14; la diferencia es RD$713,248.93. Conviene verificar cuál monto sustentó la apropiación presupuestaria y la selección del procedimiento.
“Que dado que el presupuesto estimado para esta contratación asciende a SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS … DOMINICANOS CON 07/100 (RD$6,185,238.07”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
El acta refiere una designación previa de tres peritos, incluido Danny Javier Morales como perito técnico, pero su resolución operativa designa para evaluar las propuestas solo a Mariangy Berges Mosquea y Rubén Darío Antonio Guzmán Pión. Debe verificarse si el perito técnico participó formalmente en la evaluación, dado que el marco establece como regla un mínimo de tres peritos, procurando incluir los perfiles técnico, financiero y legal.
“El Ingeniero civil DANNY JAVIER MORALES ... en calidad de perito tecnico. ... TERCERO: DESIGNA como perito a los Sres. MARIANGY BERGES MOSQUEA, RUBEN DARIO ANTONIO GUZMAN PION, para la evaluación de las propuestas de los oferentes en este p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona