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Abriendo la ficha…

Pliego

FICHA TECNICA.pdf

ADQUISICION DE RADIOS DE COMUNICACION PARA EL AREA DE SEGURIDAD DE CSLEA · Ciudad Sanitaria Dr. Luis Eduardo Aybar

Publicado el 23 jun de 202611 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CSLEA-CCC-CP-2026-0003

Lo que dice

La ficha técnica del proceso CSLEA-CCC-CP-2026-0003 establece la adquisición de 150 radios y fija la presentación de ofertas para el 1 de julio de 2026, con adjudicación prevista para el 3 de agosto. Prevé un plazo de entrega de hasta cinco días laborables, evaluación cumple/no cumple y adjudicación por lote único al menor precio entre las ofertas que cumplan. Según los datos proporcionados del portal, el monto estimado es RD$5,190,600 y el proceso figura cancelado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Criterios de evaluación y adjudicación parcialmente contradictorios

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

La evaluación se plantea como cumple/no cumple, pero también menciona menor precio, calidad y variedad, mientras que la regla final adjudica por menor precio entre quienes cumplan. No se definen parámetros verificables para calidad y variedad ni su relación con el criterio final, lo que deja incertidumbre sobre cómo se compararán las ofertas.

“4. Menor Precio, calidad y variedad de los productos solicitados … Adjudicación será decidida por LOTE UNICO a favor del Oferente/Proponente cuya propuesta haya cumplido con todas las especificaciones técnicas, condiciones establecidas en”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Identificación inconsistente del responsable y lugar operativo de recepción

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

La ficha identifica a una encargada de Almacén de CSLEA para la recepción provisional, pero en las condiciones de entrega menciona al SRSO para la coordinación y a un Encargado de Protocolo y Suministro para recibir. La diferencia entre institución y responsables puede dificultar la trazabilidad de la entrega y la validación de la recepción conforme.

“Las personas designadas para la recepción y logística serán responsables, la Lic. Sandra Montilla Enc. Interina de Almacen actuante del proceso de recibir los bienes con carácter provisional. El Encargado de Protocolo y Suministro recibirá ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 143 · Reglamento 52-26, art. 182 · Reglamento 52-26, art. 183 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 143 — Responsables del contrato

Artículo 143.- Responsables del contrato. La institución contratante, al momento de la adjudicación, indicará los funcionarios o servidores responsables del contrato, a los cuales corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas y estos cumplirán las actividades mínimas siguientes: 1) Revisar y certificar que las garantías exigidas según lo dispuesto en el procedimiento de contratación se encuentren vigentes; 2) Inspeccionar que los bienes, servicios y obras son entregados según lo establecido en el contrato; 3)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 182 — Responsables del contrato

Artículo 182.- Responsables del contrato. En adición a las establecidas en la Ley núm. 47-25, los funcionarios o servidores designados como responsables del contrato tienen las siguientes atribuciones: 1. Emitir instrucciones técnicas dentro de los límites del contrato; 2. Requerir aclaraciones y documentos al contratista; 3. Ordenar correcciones dentro del alcance contractual; 4. Recomendar penalidades, retenciones, suspensiones o ampliaciones; 5. Recomendar modificaciones contractuales justificadas; 6. Coordinar visitas de inspección, reuniones técnicas y pruebas de calidad.

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Pago previsto sin el anticipo obligatorio para MIPYMES

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

La ficha dispone el pago después de la entrega y recepción conforme, sin contemplar el anticipo del 30% que la Ley establece para contrataciones con MIPYMES. Si resulta adjudicada una MIPYME, el pliego deja sin reflejar esa condición de pago obligatoria y puede afectar la claridad de las reglas económicas para esos oferentes.

“Sera pagado a crédito mediante transferencia al Oferente adjudicado, de forma parcial o total del monto adjudicado en un periodo no mayor a treinta (30) días, luego de la entrega y recepción conforme de los servicios adjudicados por la CSLE”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Garantía de seriedad sin excepción expresa para MIPYMES

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

El cronograma contempla la subsanación de la garantía de seriedad y la ficha prevé subsanar su presentación, pero no expresa la excepción aplicable a las MIPYMES, para las que la ley dispone que no se requiere esa garantía. La regla general podría generar incertidumbre sobre su aplicación a las MIPYMES participantes.

“Periodo para subsanar la garantia de seriedad de la oferta | 31/7/2026 16:00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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Exigencia de dedicación comercial exclusiva

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

La ficha condiciona la participación a que las empresas estén exclusivamente dedicadas a esta actividad comercial, además de exigir el rubro correspondiente en el RPE. Esa exclusividad puede excluir a empresas con capacidad y actividad pertinente que también comercialicen otros productos, sin que el texto aporte una justificación técnica para la restricción.

“Para garantizar la calidad de este proceso las empresas deben ser exclusivamente dedicadas a esta actividad comercial.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Método de desempate deja la selección a criterio del DAF

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

Ante un empate, la ficha dispone que la Dirección Administrativa Financiera seleccione o escoja, sin definir un criterio objetivo para esa selección. Aunque luego menciona un sorteo si no se cumplen preferencias, no precisa preferencias ni cómo se aplican antes de llegar a esa alternativa.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que La Dirección Administrativa Financiera procederá a seleccionar o escoger, en presencia de Notario Público y de los interesados.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas

Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…

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Plazos de validez de oferta inconsistentes

Documento del 23 jun 2026 · hace 3 meses

La ficha exige una duración de la oferta económica de 60 días, pero en el cronograma fija una validez de 45 días. La discrepancia deja incierto el período durante el cual el oferente debe mantener su propuesta y puede complicar la aplicación uniforme de las reglas.

“Duración de la oferta económica de 60 días y disponibilidad de crédito a 30 días. (firmado y sellado … Plazo de validez de las ofertas | 45 Días”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Reglamento 52-26, art. 102 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas

Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.

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Reglamento 52-26, artículo 102 — Lenguaje, estructura y accesibilidad del pliego

Artículo 102.- Lenguaje, estructura y accesibilidad del pliego. El pliego de condiciones debe redactarse en lenguaje sencillo, claro e inclusivo, conforme a lo dispuesto en la Ley núm. 47-25, y mantener una estructura ordenada que permita a los interesados identificar fácilmente las secciones, requisitos, plazos y criterios de evaluación y adjudicación. Párrafo I. La institución contratante debe seguir, en lo posible, la estructura y los encabezados previstos en los modelos de pliegos y guías emitidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, a fin de facilitar la comprensión para los oferentes y la estandarización de los procedimientos. Párrafo II. Cuando se utilicen criterios…

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Otros documentos del proceso (11)

  • ACTA INICIO.pdfInforme pericial · 23 jun de 2026 · 2 señales
  • SOLICITUD.pdfSolicitud de compra · 23 jun de 2026 · 3 señales
  • FICHA.pdfPliego · 23 jun de 2026 · 2 señales
  • Cicular de errores y omiciones CP-0003.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • 43190000.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • Constancia RPE GIS ACTUALIZADO - 13247 (1).pdf.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • oferentes 1.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • Oferentes 2.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • ACTA No. 12-2026 CANCELACION DEL PROCESO CSLEA-CCC-CP-2026-0003.pdfActa · 3 ago de 2026
  • Informe Tecnico Juridico - Recomendacion de Cancelacion.pdfDocumento · 3 ago de 2026
  • Informe Tecnico Juridico - Recomendacion de Cancelacion.pdfDocumento · 3 ago de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 183 — Recepción

Artículo 183.- Recepción. Los responsables deben recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados están sujetos a la conformidad de la recepción, una vez verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verifican cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles se debe intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgándole un plazo para tales fines. Párrafo II. Si se verifica que los bienes, servicios u obras no cumplan con lo solicitado, se procede al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se intima al proveedor, quien debe cumplir en el plazo…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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