El 12 de junio de 2026, el Comité de Contrataciones Públicas del MINERD adjudicó por unanimidad el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0005 a la Asociación Dominicana del Sureste de los Adventistas del Séptimo Día. El monto adjudicado fue RD$5,306,000.00, incluido ITBIS, para el alquiler por 24 meses y dos depósitos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el contrato a la asociación. El pliego requería que el RPE incluyera la actividad inmobiliaria 8013000; el dato de DGII consultado el 27 de septiembre de 2026 indica actividad de organizaciones religiosas, aunque ese dato posterior no demuestra cuál era su registro al momento de ofertar o adjudicar. La adjudicación vuelve relevante verificar la actividad y calificación vigentes en esas fechas.
“ADJUDICA, a la empresa SOCIACION DOMINICANA DEL SURESTE DE LOS ADVENTISTAS DEL SEPTIMO DIA, RNC, correspondiente al proceso de Excepción de Inmuebles para uso Estatal”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El portal registra el contrato de RD$5,306,000 como activo y confirmado el 9 de junio de 2026, mientras que el acta adjudica el 12 de junio. Si la fecha del portal corresponde a la formalización o activación contractual, esta sería anterior a la adjudicación; conviene verificar la fecha efectiva del contrato, pues el registro del portal podría reflejar otra actuación.
“siendo las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), del día doce (12) del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026)”
Ley 47-25, artículo 127 — Efectos de la adjudicación
Artículo 127.- Efectos de la adjudicación. Efectuada la notificación al adjudicatario y demás participantes, esta generará derechos y obligaciones para la institución contratante y para el adjudicatario a exigir la suscripción del contrato o emisión de orden de compra o de servicio.
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona