Poder de representación fechado después del cierre de ofertas
· hace 3 meses
El poder que autoriza a la representante a firmar por UNIBE está fechado el 18 de junio, nueve días después del cierre de ofertas del 9 de junio registrado en el portal. Conviene verificar si la autorización formalizó una facultad ya existente al presentar la propuesta o si fue otorgada posteriormente; el acta de adjudicación reseñada en el expediente indica que UNIBE no acreditó a la firmante.
“para que en nuestro nombre ejerza la representación, y pueda firmar como representante legal en la Licitación "INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0001 - Contratación del servicio de capacitación "Diplomado en Educación Inclusiva, Énfasis en atención a e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas
Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
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