El Comité de Compras y Contrataciones de DIGEPRES aprobó por unanimidad (5/5) el informe definitivo de evaluación económica, fechado el 12 de junio de 2026, y adjudicó el 16 de junio los seis ítems del proceso DIGEPRES-CCC-CP-2026-0001. Cada ítem fue adjudicado por RD$1,041,666.66, para un total de RD$6,249,999.96.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el ítem #3 a Noelia Minerva Cruz Matías por RD$1,041,666.66. Según los datos del portal, su contrato figura cancelado el 18 de junio y no aparece entre los contratos activos confirmados el 19 de junio, a diferencia de los otros cinco adjudicatarios; corresponde verificar el estado de formalización y ejecución de esa adjudicación.
“NOELIA MINERVA CRUZ MATÍAS | RD$ 1,041,666.66”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
El acta consigna seis ofertas económicas evaluadas y adjudica los seis ítems, pero el portal registra las seis ofertas en RD$0 y con estado “Cargada / Pendiente”. Puede tratarse de un desfase de actualización; conviene verificar que las ofertas económicas y sus evaluaciones estén registradas y sean trazables en el sistema.
“seis (6) ofertas económicas presentadas (SOBRE B), cumplieron con lo establecido en el pliego de condiciones y los preceptos establecidos en la ley sobre Contrataciones Públicas y su reglamento de aplicación Decreto .”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona