El aviso de enmienda núm. 1, fechado el 25 de mayo de 2026, modifica tres apartados del pliego sobre el título de maestría en áreas relacionadas con la consultoría. La maestría queda descrita como preferible en el perfil profesional y como aplicable u opcional en la documentación técnica y en la evaluación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La maestría deja de presentarse como exigencia y pasa a ser preferible; se debilita la verificación de formación académica de posgrado.; La condición «si aplica» limita la exigibilidad del título como evidencia de formación académica de posgrado.; El criterio opcional debilita la comprobación uniforme de la formación académica de posgrado..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Numeral 3.6, página 12Formación profesional y antecedentes académicos
La redacción sustituida no se reproduce en el aviso.
El título de maestría en áreas relacionadas con la consultoría se indica como preferible.
RelajaQuita un control: La maestría deja de presentarse como exigencia y pasa a ser preferible; se debilita la verificación de formación académica de posgrado.
Numeral 8.1.2, página 17Documentación técnica
La redacción sustituida no se reproduce en el aviso.
Se solicita el título de maestría en áreas relacionadas con la consultoría, si aplica; figura como no subsanable.
RelajaQuita un control: La condición «si aplica» limita la exigibilidad del título como evidencia de formación académica de posgrado.
Numeral 9.1.3, página 21Evaluación de la preparación académica de postgrado
El documento a evaluar en la redacción previa no se reproduce en el aviso.
Se identifica el título de maestría relacionado con la consultoría como documento a evaluar, si aplica, dentro del criterio indicado como opcional.
RelajaQuita un control: El criterio opcional debilita la comprobación uniforme de la formación académica de posgrado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona