La Enmienda No. 01, fechada el 17 de junio de 2026, modifica la descripción del suministro de pinturas de tráfico y añade reglas para entregar y evaluar muestras físicas. Reorganiza el objeto como un solo «ITEM» que incluye pinturas naranja, blanca y amarilla, y establece evaluación conforme/no conforme; el documento no consigna nuevas cantidades ni montos. También indica que no se conservarán las muestras de ofertas no adjudicadas ni las descalificadas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la conservación de evidencia física para verificar posteriormente la evaluación de las muestras rechazadas y de las ofertas no adjudicadas..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El pliego anterior, según el resumen del proceso, identificaba tres ítems con cantidades diferenciadas; la enmienda establece que habrá un solo «ITEM» y describe los tres colores, pero no consigna sus cantidades. La diferencia puede afectar la interpretación de lo que se oferta y compara, especialmente porque los informes posteriores evalúan y reportan resultados por ítems.
“El presente proceso de contratación estará compuesto por un ITEM: DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | ESPECIFICACIONES TECNICAS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
La base y el acabado admiten opciones sin fijar en este texto cuál corresponde, mientras que cualidades como «alta resistencia» y «rápido secado» no tienen aquí un umbral o método de comprobación. Aunque la enmienda prevé evaluar cada característica como conforme/no conforme, esos términos pueden dificultar la comparación uniforme y la verificación de conformidad.
“Base: Acrílica base solvente o base agua (según especificación del proyecto). Acabado: Mate antirreflectivo o acabado semimate antirreflectivo.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Descripción del bienEstructura del objeto y especificaciones de las pinturas
El pliego identificaba tres ítems —naranja, blanca y amarilla— con cantidades estimadas de 1,600, 1,600 y 5,000 cubetas, respectivamente.
La enmienda dice que el proceso se compone de un ITEM e incluye las tres pinturas en cubetas de cinco galones; el texto no indica cantidades por color.
Neutral
Presentación y evaluación de muestrasEntrega física y evaluación conforme/no conforme
El pliego no incluía los numerales de presentación y metodología de evaluación añadidos por esta enmienda.
Exige entregar una muestra física por insumo con formulario firmado; la evaluación será conforme/no conforme para cada característica y el incumplimiento descalifica la oferta técnica del ítem.
Endurece
Custodia de muestrasRetención de muestras no adjudicadas o descalificadas
El pliego no incluía en los numerales añadidos una regla sobre no conservar muestras de ofertas descalificadas o no adjudicadas.
Dispone que la institución no conservará muestras descalificadas ni de ofertas no adjudicadas; las muestras conformes se custodian hasta la adjudicación y la recepción definitiva de las entregas.
RelajaQuita un control: Reduce la conservación de evidencia física para verificar posteriormente la evaluación de las muestras rechazadas y de las ofertas no adjudicadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona