El dictamen jurídico identifica una modalidad distinta a la del proceso
· hace 4 meses
El dictamen manifiesta conformidad con un proyecto de pliego identificado como Licitación Pública Nacional, mientras el portal registra el proceso convocado como Subasta Inversa. La diferencia merece revisión para confirmar que la opinión jurídica examinó las bases y reglas de la modalidad efectivamente utilizada.
“VISTO: El proyecto del Pliego de Condiciones Específicas para Licitación Pública Nacional, para el "SUMINISTRO DE PINTURA DE TRAFICO", para este Ministerio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · Ley 47-25, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
Ley 47-25, artículo 63 — Subasta inversa
Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →