El pliego establece las bases del proceso SENPA-CCC-CP-2026-0002 para adquirir tickets de combustible por un valor referencial de RD$6,168,000, dirigido exclusivamente a MIPYMES y con entregas durante seis meses. Fija la convocatoria para el 17 de junio de 2026 y la recepción de ofertas hasta el 25 de junio de 2026; dispone evaluación técnica y económica por cumple/no cumple y adjudicación según el menor precio y el mayor descuento. Incluye requisitos de experiencia, certificaciones, garantía de seriedad y condiciones de pago que ameritan revisión frente a las reglas legales aplicables.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el proceso se dirige exclusivamente a MIPYMES, el pliego exige una garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta del 1%. La Ley 47-25 dispone que en las contrataciones con MIPYMES no se requiere esa garantía, por lo que el requisito añade una carga de participación para los oferentes.
“Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta correspondiente a una fianza a través de una compañía aseguradora, por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta presentada.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego prevé un anticipo de 20% para proveedores certificados como MIPYME, mientras que la Ley 47-25 establece un anticipo de 30% en todas las contrataciones con MIPYMES. La diferencia reduce el financiamiento inicial previsto para el proveedor.
“En casos que aplique, el anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en este pliego y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Para un suministro de tickets de combustible por RD$6,168,000 reservado a MIPYMES, el pliego exige cinco años de experiencia en suministro de combustibles y certificaciones de REFIDOMSA, INDOCAL y responsabilidad social y ambiental. La exigencia acumulada puede limitar la concurrencia y conviene verificar su proporcionalidad y relación con el objeto.
“Resumen de Experiencia de la empresa en el suministro de combustibles (Experiencia de 5 años mínimos) (SNCC.D.049).» … «Certificaciones sobre Responsabilidad Social y Cuidado del Medio Ambiente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego solicita una declaración notariada que certifique que la empresa no tiene procesos legales o litigios judiciales pendientes de fallo. La condición es amplia y puede afectar a empresas por el solo hecho de estar litigando; la ley aclara que tener un juicio contra el Estado no constituye por sí mismo una inhabilidad.
“Declaración Jurada notariada y legalizada en la Procuraduría General de la República, en donde se haga constar que la empresa no se encuentra en procesos legales o litigios judiciales pendientes de fallos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La notación del índice de endeudamiento resulta contradictoria: fija un límite «Menor 1.50», pero presenta como cumplimiento una expresión incompatible («Menor o igual que > 1.50»). Además, el pliego pide estados financieros de tres ejercicios en una sección y de dos en la tabla de evaluación; estas discrepancias dejan incierto qué se verificará y con qué criterio.
“Límite establecido: Menor 1.50» … «Menor o igual que > 1.50 (Cumple)» … «Estados Financieros de los últimos tres (03) ejercicios contables consecutivos» … «Estados Financieros de los últimos dos (02) ejercicios contables consecutivos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego establece pago en un plazo de hasta 45 días hábiles y, a la vez, exige al oferente conceder crédito mínimo de 60 días. La Ley 47-25 fija un máximo de 30 días para el pago desde que se genera la condición contractual y se presenta el requerimiento; los plazos del pliego también crean incertidumbre sobre el flujo de pago y el financiamiento que debe asumir el proveedor.
“Nota: Los pagos correspondientes se realizarán posterior a la entrega y recepción conforme de los bienes requeridos en un plazo no mayor a 45 días hábiles.» … «Carta firmada y sellada en la cual el oferente manifieste que otorga el crédito ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El cronograma identifica como medios de publicación el SECP y el portal institucional, pero no incluye los periódicos impresos de circulación nacional. La Ley 47-25 exige la publicación de la convocatoria en esos periódicos durante dos días consecutivos, además de los medios electrónicos.
“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional.» … «El día 17 de junio del año 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…
El pliego autoriza subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas, pero no condiciona ese porcentaje a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La Ley 47-25 fija como regla general un máximo de 45% y permite hasta 50% cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES.
“El contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Nikko Comercial, SRLSegún los datos del portal, tiene un contrato activo y confirmado por RD$6,168,000. El pliego no contiene la decisión de adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona