La ficha técnica del proceso SENPA-CCC-CP-2026-0002 establece la adquisición de tickets de combustible para seis meses, de agosto de 2026 a enero de 2027, con un lote único y cantidades nominales que suman RD$6,168,000. El documento identifica el procedimiento como contratación simplificada; el portal lo registra como Comparación de Precios, modalidad equivalente, con monto estimado de RD$6,168,000 y convocatoria del 17 de junio de 2026. La ficha también permite suministrar combustible a granel, a elección del SENPA, aunque describe cantidades de tickets.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha describe cantidades de tickets por denominación, pero permite que el suministro se realice a granel, a elección del SENPA, sin precisar en este documento cómo se determinarían y verificarían las cantidades equivalentes. La diferencia entre formatos puede dificultar comparar las ofertas y comprobar la entrega facturada.
“Los oferentes deberán presentar en su oferta facilidades de crédito y descuentos por galón, lo cual podrá ser suministrado mediante tickets o granel, a elección del Servicio Nacional de Proteccion Ambiental.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El documento califica como confidenciales las informaciones y especificaciones técnicas y prohíbe que los oferentes las divulguen o publiquen. Aunque la cláusula no dice que la institución pueda reservar información pública, su alcance merece revisión frente a las obligaciones de transparencia y publicidad del proceso.
“Las informaciones y especificaciones técnicas descritas en el presente documento son de uso confidencial, con la finalidad de que los oferentes/proponentes puedan preparar propuestas para el presente proceso.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 31 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 31 — Transparencia y publicidad de las actuaciones
Artículo 31.- Transparencia y publicidad de las actuaciones. Todos los procedimientos de contratación pública deberán efectuarse en un marco de transparencia plena que garantizado por la supervisión institucional y la fiscalización de la sociedad. Párrafo.- Los funcionarios y servidores públicos que deliberadamente incumplan las reglamentaciones de publicidad y acceso a las informaciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y demás normativas, se harán sujetos de las sanciones disciplinarias o penales que correspondan.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La ficha establece como objeto el suministro de tickets de combustible y, según el portal, el contrato fue adjudicado a Nikko Comercial, SRL. La consulta de DGII aportada indica que, al 27/09/2026, su actividad registrada es venta al por menor de artículos de ferretería; al ser un dato posterior al proceso, conviene verificar su actividad y calificación en la fecha de la oferta y adjudicación, sin concluir por el dato actual que carecía de capacidad.
“ADQUISICIÓN TICKETS DE COMBUSTIBLES, PARA SER UTILIZADOS POR LAS UNIDADES PERTENECIENTE AL SERVICIO NACIONAL DE PROTECCION AMBIENTAL”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona