viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Acta · Acta CCC-125-2026

acta aprobacion PEPU-2026-0014.pdf

Contratación de una Solución Tecnológica para la Implementación del Programa Piloto de Atención Integral a la Niñez Asistida por Conectividad Digital · Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones

Publicado el 16 jun de 2026Fechado el 1 jun de 20267 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOTEL-CCC-PEPU-2026-0014

Lo que dice

La Resolución núm. CCC-125-2026, de fecha 2026-06-02, aprueba el informe justificativo y el uso de la excepción de contratación directa por proveedor único para el proceso INDOTEL-CCC-PEPU-2026-0014. Autoriza solicitar propuesta a Sanito X Menacare, SRL, y designa tres peritos para evaluar las ofertas; consigna una apropiación presupuestaria de RD$7,716,000. No adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentosRD$7.7 millones

Fundamento de proveedor único requiere verificación específica

Documento del 16 jun 2026 · hace 4 meses

La resolución sustenta la selección directa en que Sanito X Menacare sería el único proveedor técnicamente habilitado y titular del derecho del objeto, pero el fundamento reproducido no identifica la plataforma ni precisa qué derecho exclusivo o evidencia de mercado acredita esa condición. El informe justificativo aprobado podría contener esos soportes; conviene verificarlo frente a los supuestos y requisitos aplicables a proveedor único.

“SANITO X MENACARE, S.R.L. se configura como el único proveedor técnicamente habilitado para la ejecución del proyecto, en la medida en que: … mantiene la relación operativa necesaria con la plataforma tecnológica para garantizar su funciona”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Sanito X Menacare, SRLLa resolución aprueba la excepción por proveedor único y autoriza solicitarle una propuesta; no decide la adjudicación.Mencionado——

Otros documentos del proceso (20)

  • ESPECIFICACIONES TECNICAS INDOTEL-CCC-PEPU-2026-0014.pdfPliego · 16 jun de 2026 · 1 señal
  • Estudio_Previo_PE_Piloto_de_atencion_integral_a_la_ninez_FDT_I_000024_26_signed.pdfEstudio previo · 16 jun de 2026 · 1 señal
  • Informe_Justificativo_PE_Atencion_Integral_a_la_Ninez._FDT-I-000025-26_signed (1).pdfInforme justificativo · 16 jun de 2026 · 2 señales
  • Memo_PE_Atencion_a_la_Ninez_Integral_FDT-M-000029-26_signed.pdfSolicitud de compra · 16 jun de 2026
  • Solicitud de Compra PEPU-2026-0014.pdfSolicitud de compra · 16 jun de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 19 jun de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 19 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 19 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 19 jun de 2026
  • DG-3254-26-INF-0564_37323_signed.pdfDocumento · 19 jun de 2026
  • INSTITUTO_DOMINICANO_DE_LAS_TELECOMUNICACIONES_0564_signed.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Documento · 19 jun de 2026
  • 0_INFORME_DEFINITIVO_INDOTEL-CCC-PEPU-2026-0014.pdfDocumento · 24 jun de 2026
  • 0_Acta_de_adjudicacion_INDOTEL-CCC-PEPU-2026-0014.pdfActa de adjudicación · 24 jun de 2026 · 2 señales
  • 0_Acta_de_adjudicacion_INDOTEL-CCC-PEPU-2026-0014.pdfActa de adjudicación · —
  • Certificacion DGII.pdfDocumento · —
  • Certificacion TSS.pdfDocumento · —
  • Constancia RPE - 129406.pdfDocumento · —
  • contrato Sanito X Menacare SRL.pdfContrato · —
  • cuotas PEPU-2026-0014.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —