La tabla de mercado no acredita que las alternativas cumplan los requisitos acumulativos
· hace 3 meses
La circular afirma que hay múltiples alternativas y enumera fabricantes con respuestas generales de “Sí”, pero no aporta evidencia de que alguno cumpla simultáneamente los requisitos técnicos acumulativos que se consultaron. Conviene verificar si el análisis de mercado respalda esa conclusión sobre competencia efectiva.
“La existencia de múltiples alternativas demuestra que el requisito no limita la competencia a un ñnico fabricante ni genera exclusividad tecnológica.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 88 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
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