El Acta de Enmienda No. 001, de 2026-06-11, modifica el pliego del proceso CORAASAN-CCC-LPN-2026-0003: actualiza especificaciones y entregas, cambia criterios técnicos e incorpora a Pablo Domínguez como perito técnico. También actualiza los responsables de gestión del contrato e incluye una carta de garantía del fabricante entre los documentos evaluados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el nivel de certificación exigido para acreditar la relación técnica con el fabricante..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Las cantidades indicadas para los cinco ítems suman 396 unidades (10+110+170+6+100), mientras la tabla declara un total de 400. La diferencia requiere aclaración porque afecta la cantidad total a suministrar.
“Total 400s”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Metodología y criterios de evaluación técnicaAcreditación como partner del fabricante
El requisito previo indicado en los antecedentes del proceso era acreditar categoría partner platinum o superior.
Se requiere carta del fabricante que acredite al oferente como partner autorizado o superior; se evalúa con cumple/no cumple.
RelajaQuita un control: Reduce el nivel de certificación exigido para acreditar la relación técnica con el fabricante.
Documentación técnica y criterios de evaluaciónGarantía del fabricante
No se consigna en la enmienda un requisito previo equivalente.
Se incorpora una carta de garantía del fabricante acorde con las fichas técnicas, evaluada con cumple/no cumple.
Endurece
Entregables y cronogramaEntregas escalonadas
El cronograma anterior no se reproduce en el documento.
Se establecen entregas únicas para los ítems 1 y 4 a los 20 días hábiles de la firma y registro del contrato; para los ítems 2, 3 y 5 se disponen tres entregas, con intervalos de 25 y 30 días según la tabla.
Aclara
Disposiciones generales para el contratoResponsables de gestión contractual
La enmienda no reproduce la redacción anterior sobre supervisión del contrato.
Se identifica a Misael Mateo, Engel García y Pablo Domínguez, de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones, como equipo responsable de la gestión del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona