Designación de cuatro peritos
· hace 5 meses
El acta designa cuatro personas como peritos. El Reglamento establece un mínimo de tres y dispone procurar que el número total sea impar; conviene verificar la composición y la asignación de especialidades, aunque el documento no acredita un efecto en la evaluación.
“DESIGNAR como al efecto DESIGNA a: Ing. Engel Garcia, Sr. Misael Mateo. (Perito T€cnico), Lie. Lisbel Mufioz (Perito Financiero) y Licda. Anyelina Betances (Perito Legal) como peritos”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
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