El Acto Administrativo núm. 207/2026, de 11 de junio de 2026, aprueba la Enmienda núm. 01-2026 al pliego de la licitación INAPA-CCC-LPN-2026-0007. La enmienda califica como subsanable la declaración de oferta libre de colusión y designa a Ray Camilo Mercedes Hernández como supervisor o responsable de coordinación de la ejecución.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de contar con la declaración de autenticidad y buena fe como parte de la oferta económica presentada; permite subsanar posteriormente su falta..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Sección I, numeral 9.2.1, documentos de la oferta económica «Sobre B», punto 3Subsanabilidad de la declaración de oferta libre de colusión
Se requería la declaración jurada o certificación de oferta libre de colusión; el texto anterior no indicaba que fuera subsanable.
Se mantiene la declaración requerida y se añade expresamente «(Subsanable)».
RelajaQuita un control: Debilita el control de contar con la declaración de autenticidad y buena fe como parte de la oferta económica presentada; permite subsanar posteriormente su falta.
Sección III, numeral 5, supervisor o responsable del contratoIdentificación del supervisor de ejecución
El acto no reproduce el texto anterior del numeral.
Se identifica a Ray Camilo Mercedes Hernández, de la Dirección de Aguas Potables, como supervisor o responsable de coordinación para la ejecución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona