El 11 de junio de 2026, el Comité de Compras y Contrataciones del CESAC adjudicó a Comercial Cesibel, SRL la adquisición de 1,552 pares de zapatos y 630 pares de botas tipo militar por RD$6,315,218.40, incluido ITBIS. El acta indica que Comercial Cesibel y Celna Enterprises cumplieron los requisitos técnicos y que la adjudicación se basó en la oferta más conveniente; instruye además preparar el contrato y notificar a las empresas participantes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (2)
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$6.3 millones
El acta adjudica a Comercial Cesibel por RD$6,315,218.40, pero el portal registra su oferta como RD$0 (Cargada / Pendiente); el mismo portal registra RD$6,361,368 para Celna Enterprises. La condición pendiente podría reflejar un registro incompleto o atrasado, por lo que conviene cotejar el Sobre B y el asiento del portal; el acta no consigna el precio ofertado por Cesibel.
“Adjudicar a la empresa COMERCIAL CESIBEL, SRL., RNC: ., la ADQUISICIÓN DE 1,552 PARES DE ZAPATOS TIPO MILITAR COLOR NEGRO Y 630 PARES DE BOTAS TIPO MILITAR COLOR NEGRO, QUE SERÁN DISTRIBUIDOS AL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN ESTA SEDE PR”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
El acta adjudica el suministro de calzado a Comercial Cesibel. Según la consulta de DGII del 27/09/2026 proporcionada, la actividad registrada actualmente es construcción y reparación de edificios; es un dato posterior a la adjudicación y no establece cuál era su actividad al ofertar. Conviene verificar la actividad registrada en la fecha del proceso y su correspondencia con el objeto.
“Adjudicar a la empresa COMERCIAL CESIBEL, SRL., RNC: ., la ADQUISICIÓN DE 1,552 PARES DE ZAPATOS TIPO MILITAR COLOR NEGRO Y 630 PARES DE BOTAS TIPO MILITAR COLOR NEGRO”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Comercial Cesibel, SRLAdjudicataria; el acta refiere que presentó una oferta coherente técnica y económicamente.
Adjudicado
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RD$6,315,218
Celna Enterprises, SRLEl acta indica que cumplió las exigencias técnicas y pasó a la apertura de la oferta económica. El portal registra una oferta de RD$6,361,368.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona