La Resolución MIVHED/CCP/2026/130, de 2026-06-10, complementa la adjudicación del proceso de emergencia MIVHED-MAE-PEEN-2026-0004, por RD$11,959,310.00. Dispone formalizar mediante orden de compra en el SECP la adjudicación a Grupo Zomo, S.R.L., por RD$1,790,280.00, sin contrato administrativo, y pagar en un único desembolso tras la factura y la recepción conforme; mantiene la formalización mediante contrato para Celna Enterprises, S.R.L., adjudicataria por RD$10,169,030.00.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso fue convocado por excepción de emergencia, pero la resolución utiliza el umbral de contratación menor para justificar que Grupo Zomo formalice mediante orden de compra. El monto de RD$1,790,280.00 sí está dentro del umbral indicado; conviene verificar que ese criterio de cuantía habilite dicho instrumento en un procedimiento de excepción, pues el reglamento contempla las órdenes de compra en casos específicos.
“Que, si bien el procedimiento identificado con la referencia , para la "Adquisición de artículos del hogar para ser distribuidos a las familias afectadas por las lluvias en las provincias de Puerto Plata, Espaillat, Valverde, Santiago, el D”
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Ley 47-25, artículo 133 — Formalización del contrato
Artículo 133.- Formalización del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte físico o formato digital, en las condiciones que establezca la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y deberán ajustarse al modelo que forma parte de los pliegos de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. Párrafo I.- En las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compras o de servicios, la formalización se producirá con la notificación realizada al adjudicatario. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley dispondrán los requisitos formales que deberán contener las órdenes de compras o de servicios.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se prescinde de la suscripción de un contrato administrativo; la orden de compra en el SECP permanece como instrumento de formalización y trazabilidad..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Celna Enterprises, S.R.L.Adjudicataria de los ítems 1, 2, 4, 5, 6 y 7 por menor precio, según la resolución.
Adjudicado
Ítems 1, 2, 4, 5, 6 y 7
RD$10,169,030
Grupo Zomo, S.R.L.Adjudicatario de los ítems 3, 8 y 9 por menor precio, según la resolución.
Adjudicado
Ítems 3, 8 y 9
RD$1,790,280
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Formalización de la adjudicación a Grupo ZomoInstrumento de formalización
La Resolución 098 adjudicó a Grupo Zomo; este documento no precisa cuál instrumento de formalización había dispuesto originalmente.
La contratación por RD$1,790,280.00 se formalizará mediante orden de compra en el SECP, sin suscribir contrato administrativo.
RelajaQuita un control: Se prescinde de la suscripción de un contrato administrativo; la orden de compra en el SECP permanece como instrumento de formalización y trazabilidad.
Pago de los bienes adjudicados a Grupo ZomoModalidad y condición de pago
La Resolución 098 adjudicó a Grupo Zomo; este documento no especifica las condiciones de pago originalmente fijadas.
Se dispone un único desembolso, previa factura y certificación de recepción conforme de los bienes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 180 — Órdenes de compra o de servicios
Artículo 180.- Órdenes de compra o de servicios. La formalización contractual mediante orden de compra u orden de servicio procede en los casos previstos en este reglamento y debe expresar, como contenido mínimo, los elementos necesarios para garantizar la trazabilidad, integridad y correcta ejecución de la contratación, entre otros, los siguientes: 1. Número de la orden de compra u orden de servicio. 2. Identificación del procedimiento de selección del cual deriva (número de proceso, modalidad y fecha de adjudicación). 3. Descripción del objeto contractual, indicando sus características esenciales, cantidad, unidad de medida y, en caso de servicios, alcance y entregables mínimos. 4.…