El informe definitivo, emitido el 9 de junio de 2026 para el proceso ADN-CCC-CP-2026-0013, recomienda habilitar a AOR Dominicana, S.A.S. para la apertura de su oferta económica. Consigna que cumplió los requisitos legales y financieros, obtuvo 80 de 80 puntos técnicos y que la debida diligencia no identificó posibles eventos de riesgo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe reproduce como mínimo diez años de experiencia y contratos de al menos RD$5,000,000, además de experiencia en campañas con contratos de al menos RD$3,000,000. Considerando que el monto estimado es RD$6,400,000 y que el portal registra un solo oferente, merece revisarse si estos requisitos fueron proporcionales al objeto y restringieron la participación.
“Experiencia mínima de (10) años de en servicios integrales de comunicación estratégica, diseño, producción, difusión de campañas institucionales, gubernamentales o proyectos de alto impacto, demostrables mediante contratos. Y mínimo dos (2)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El informe reproduce una exigencia de declaración jurada referida a la Ley 340-06 y también presenta una versión que remite a los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25. La diferencia merece verificarse en el pliego aplicable, pues las referencias podrían delimitar de modo distinto las prohibiciones que debía declarar el oferente; el informe no consigna que esto haya alterado la evaluación.
“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y artículo 14 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. … Declaración ju”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 39 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Artículo 39.- Prohibiciones. Se prohíbe a los exfuncionarios públicos que hayan ocupado los cargos indicados en el numeral 1), literal a) del artículo 38 gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los doce (12) meses siguientes a la fecha de su salida del cargo. Párrafo I.- La prohibición establecida en este artículo es permanente con relación a los asuntos que hayan conocido o decidido en ocasión del ejercicio de sus funciones, en el marco de los procesos de contratación. Párrafo II.- Para el caso de los demás servidores públicos previstos en el artículo 38 de la…
Oferentes que registra (1)
1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
AOR Dominicana, S.A.S.El informe consigna que cumplió los requisitos legales y financieros, fue calificado técnicamente con 80 de 80 puntos y no presentó posibles eventos de riesgo en la debida diligencia; se recomienda habilitarlo para la apertura de la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona