El Acta Administrativa núm. 0112/2026, de 2026-06-10, aprueba la tercera enmienda al pliego de la licitación SUPERATE-CCC-LPN-2026-0003, modificando especificaciones de un camión, una camioneta y 23 motocicletas. Entre los cambios, amplía rangos técnicos del camión, reduce la potencia mínima de la camioneta a 150 HP y su mínimo de bolsas de aire a seis, y establece para las motocicletas torque a 7,500 RPM y tanque mínimo de 7 litros. La enmienda conserva la garantía mínima de 3 años o 100,000 kilómetros para la camioneta y de 1 año o 20,000 kilómetros para las motocicletas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita requisitos técnicos usados para comprobar las características y capacidad del vehículo: reduce el peso bruto mínimo y la garantía, y amplía los rangos de motor y dimensiones.; Reduce mínimos de potencia y bolsas de aire, permite alternativas en frenos y neumáticos y vuelve opcionales algunos elementos de equipamiento; se debilitan verificaciones de desempeño y seguridad del vehículo.; Reduce el mínimo de capacidad del tanque y modifica el régimen exigido para verificar la prestación del motor..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Santo Domingo Motors solicitó modificaciones para la camioneta y las motocicletas; el acta recoge la aceptación de varias de sus propuestas. Según el acta de adjudicación del 2026-07-21 aportada como contexto, la empresa resultó adjudicataria de esos dos ítems, por lo que conviene verificar cómo los cambios incidieron en la competencia y en la evaluación bajo las especificaciones revisadas.
“Referente a la solicitud , Camioneta doble cabina (color negro), rechazamos la sugerencia de modificación de las bolsas de aire, esto permite mayor protección a mayor cantidad de pasajeros, ... En todo lo demás pueden ser acogidas.”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Oferentes que registra (6)
6 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Santo Domingo Motors Company, S.A.Interesado que solicitó modificaciones para los ítems 2 y 3; el acta consigna que se aceptaron varias propuestas y se rechazaron otras.
Mencionado
Ítems 2 y 3
—
Avelino Abreu, S.A.S.Interesado que solicitó modificaciones para el ítem 1; el acta consigna que se acogieron varias y se rechazó reducir la garantía.
Mencionado
Ítem 1
—
Autozama, S.A.S.Interesado que solicitó reducir la potencia mínima y las bolsas de aire; el acta consigna que se acogió el cambio de potencia y se rechazó el de bolsas de aire.
Mencionado
No especificado
—
Lasa Motors, S.R.L.Interesado que solicitó modificaciones técnicas para el camión y la camioneta; el acta consigna que algunas se acogieron y otras se rechazaron.
Mencionado
Ítems 1 y 2
—
Automia, S.A.S.Interesado que solicitó modificaciones para los ítems 1 y 2; el acta consigna que varias propuestas se acogieron y otras se rechazaron.
Mencionado
Ítems 1 y 2
—
Equimax, S.A.Interesado que solicitó cambios técnicos y de plazo para el camión; el acta consigna que se rechazaron el voltaje de 12 voltios y ampliar la entrega a 150 días, y se acogieron otras modificaciones.
Mencionado
Ítem 1
—
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Ítem 1 — camión de carga con furgónRangos de motor, peso, dimensiones, llantas y garantía
Desplazamiento máximo 4,500 cc; peso bruto vehicular mínimo 12.5 y máximo 14 toneladas; largo mínimo 8,000 mm; llantas de 22.5 pulgadas; garantía de 5 años o 300,000 km.
Desplazamiento máximo 7,961 cc; peso bruto vehicular mínimo 11.9 y máximo 18 toneladas; largo desde 6,000 mm; admite llantas 8.25R20-14PR o 11R22.5; garantía de 5 años o 200,000 km.
RelajaQuita un control: Debilita requisitos técnicos usados para comprobar las características y capacidad del vehículo: reduce el peso bruto mínimo y la garantía, y amplía los rangos de motor y dimensiones.
Motor 3.0L; potencia mínima de 188 HP; mínimo 7 bolsas de aire; frenos traseros de tambor; radio táctil de 9 pulgadas y neumáticos 265/60R18.
Motor 2.3L en adelante; potencia mínima 150 HP; 6 bolsas de aire en adelante; frenos traseros de tambor o disco; radio táctil de 8 pulgadas en adelante y alternativas de neumáticos indicadas por el fabricante o 285/70/R17.
RelajaQuita un control: Reduce mínimos de potencia y bolsas de aire, permite alternativas en frenos y neumáticos y vuelve opcionales algunos elementos de equipamiento; se debilitan verificaciones de desempeño y seguridad del vehículo.
Ítem 3 — motocicletasTorque y capacidad del tanque
Torque máximo de 9.8 Nm a 5,500 RPM; tanque de combustible de 8 litros.
Torque máximo de 9.8 Nm a 7,500 RPM; tanque de combustible de 7 litros.
RelajaQuita un control: Reduce el mínimo de capacidad del tanque y modifica el régimen exigido para verificar la prestación del motor.
Ítem 3 — motocicletasAño mínimo del modelo
Año 2024 en adelante, según la enmienda anterior del proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…