La solicitud, fechada el 17 de marzo de 2026, pide un camión furgón, una camioneta doble cabina y 23 motocicletas para uso institucional, requeridos para el trimestre II. Marca que la adquisición está contemplada en el POA, pero no en el PACC; el proceso del portal registra un monto estimado total de RD$10,936,964.40.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud comprende vehículos de motor, cuya compra en 2026 está prohibida salvo autorización escrita del ministro Administrativo de la Presidencia. La solicitud no la identifica; el resumen de otro documento del proceso refiere una autorización de la Presidencia del 25 de marzo, por lo que debe verificarse si existe además la autorización escrita exigida por el decreto.
“Fecha de solicitud: | 17/03/2026 … 1 | UD | Adquisición de camión de carga con cama cerrada (furgón de 22 pies … Trimestre II | Requerimiento de adquisición de vehículos para uso institucional de la Dirección de Desarrollo Social”
Qué dice la ley: Decreto 51-26, art. 3 · con ChatLeyes
Decreto 51-26, artículo 3
ARTÍCULO 3. Quedan prohibidas las compras de vehículos de motor. PÁRRAFO. De manera excepcional, podrán efectuarse compras de vehículos de motor cuando la institución correspondiente cuente con autorización escrita emitida al efecto por el ministro Administrativo de la Presidencia y cumpla con todas las normas aplicables.
La solicitud marca que la adquisición no está contemplada en el PACC y deja en blanco el campo de justificación. El plan 2026 publicado posteriormente registra las mismas cantidades y montos estimados para camión, camioneta y motocicletas, con inicio previsto el 1 de abril; conviene verificar cuándo y mediante qué justificación se incorporaron esos renglones.
“Indicar si el bien o servicio solicitado está contemplado en el Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC): SI NO [x] [ ] Si no está en el”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona