El Acta núm. FRDV-CR-012-2026, de fecha 2026-06-10, aprueba responder consultas sobre la licitación de servicios de agencia publicitaria por seis meses y mantiene sin cambios la metodología económica por puntaje (80 puntos técnicos y 20 económicos). Aclara que la agencia gestionará y contratará los espacios exteriores, que los lotes podrán ejecutarse simultáneamente y que no se exige una cobertura simultánea en las 32 provincias. También establece una expectativa de producción audiovisual de alto nivel, aunque reconoce que el pliego no la fija expresamente como condición mínima.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité afirma que no es necesario incorporar un porcentaje predeterminado. Sin embargo, el artículo 123 del Reglamento 52-26 contempla que la identificación de la posible oferta temeraria supere la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego; la discrepancia amerita revisar cómo se aplicará ese control en la evaluación.
“En ese sentido, la normativa aplicable no establece la obligación de fijar en el pliego un porcentaje específico para determinar de manera automática cuándo una oferta debe considerarse económicamente no sustentable, temeraria o anormalment”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La respuesta declara que el pliego no exige una producción cinematográfica como mínimo, pero afirma que se requieren producciones de alto nivel y calidad profesional. La coexistencia de esa expectativa con la libertad del oferente para proponer el enfoque puede generar diferencias de interpretación o evaluación si no se traduce en indicadores objetivos.
“Aunque el pliego no exige expresamente una producción cinematográfica como condición mínima obligatoria, la naturaleza, alcance nacional e impacto esperado de las campañas institucionales requieren producciones audiovisuales de alto nivel, ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Servicios de publicidad exteriorResponsabilidad sobre espacios y colocación de publicidad
La consulta plantea si RD Vial tenía acuerdos de espacios exteriores o si la contratación correspondía a la agencia.
La agencia adjudicada asume la gestión, negociación, coordinación y contratación de los espacios exteriores, conforme a la estrategia que proponga y la institución apruebe.
Endurece
Alcance territorialCobertura de las campañas
El pliego menciona las 32 provincias, sin aclarar si la publicidad debía ejecutarse simultáneamente en todas.
La cobertura puede ser nacional, regional, provincial o focalizada; no se exige ejecución simultánea en las 32 provincias.
Aclara
Ejecución de los lotesDuración y simultaneidad
La consulta pregunta si ambos lotes durarían seis meses y se ejecutarían simultáneamente.
Ambos lotes tienen una duración de seis meses y pueden ejecutarse simultáneamente; cada adjudicatario presenta su cronograma y estrategia para el lote asignado.
Aclara
Producción audiovisualNivel esperado de producción
El pliego no exige expresamente una producción cinematográfica como condición mínima obligatoria.
La respuesta indica que se esperan producciones audiovisuales de alto nivel y calidad profesional, pero deja al oferente proponer el enfoque de producción.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona