miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO LPN 2026 4.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AGENCIA PUBLICITARIA PARA LA PLANIFICACIÓN CREACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PUBLICIDAD POR UN PERIODO DE SEIS MESES · FIDEICOMISO Vial RD

Publicado el 30 abr de 2026Fechado el 29 abr de 202654 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso FIDEICOMISO-CCC-LPN-2026-0004

Lo que dice

El pliego del proceso FIDEICOMISO-CCC-LPN-2026-0004, fechado el 30 de abril de 2026, convoca una licitación pública nacional para contratar servicios de agencia publicitaria durante seis meses. Estima RD$90,000,000, distribuidos en RD$50,000,000 para el Lote 1 y RD$40,000,000 para el Lote 2, y establece requisitos de participación, evaluación y condiciones contractuales.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Puntaje de 30 puntos basado en escalas cualitativas

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

La ficha técnica puede obtener 30 de los 80 puntos técnicos según categorías como «nivel avanzado o valor agregado» y «clara y suficiente», sin que el pasaje establezca indicadores medibles para esas categorías. Esa ponderación puede dar amplio margen de valoración en un criterio de peso elevado.

“Alto: Cumple con todos los elementos requeridos, y demuestra un nivel avanzado o valor agregado en la evidencia presentada. 30 puntos Medio: Cumple con lo requerido, de forma clara y suficiente, sin … elementos diferenciadores. 10 puntos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Acreditaciones de asociación y plataformas específicas como requisitos

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego requiere acreditar membresía en ADECC, certificaciones o evidencia de facturación directa en META y Google, y certificación Google Partner. Son credenciales vinculadas a organizaciones y plataformas concretas; conviene verificar su necesidad y proporcionalidad respecto del servicio para determinar su efecto sobre la concurrencia.

“Certificación que avale la membresía en la ADECC (Asociación de Agencias de Comunicación Comercial). Certificación de Alianzas estratégicas: El proveedor deberá presentar certificaciones, evidencia de crédito, facturación directa en META.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de defensa de tres días en la debida diligencia

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego da tres días hábiles para responder a indicios detectados en la debida diligencia y prevé la descalificación si la respuesta no los desvirtúa. Para exclusiones por prácticas prohibidas, el Reglamento 52-26 prevé cinco días hábiles para presentar alegatos; la diferencia merece revisión por su efecto en la defensa del oferente.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · Ley 47-25, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia contractual mínima elevada respecto del valor de cada lote

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

Se exigen tres contratos similares y que uno equivalga al menos al 70% del presupuesto del lote: RD$35,000,000 para el Lote 1 o RD$28,000,000 para el Lote 2. Sumado al requisito de cinco años de experiencia, este umbral podría restringir la participación y merece verificarse frente a los estudios previos y al mercado.

“Documentación que evidencie experiencia: Mínimo (3) contratos uno de ellos equivalentes al 70% del monto total presupuestado en el LOTE participante, en el ejercicio de su actividad comercial, suministro de servicios iguales o similares a l”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Escala de puntaje contempla experiencia inferior al mínimo exigido

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego exige cinco años mínimos de experiencia, pero la escala de evaluación asigna cinco puntos a oferentes con entre tres y cinco años. La coexistencia de un mínimo habilitante y una puntuación para experiencia por debajo de ese mínimo deja incierto cómo se aplican ambos requisitos.

“Formulario experiencia como contratista (SNCC.D.049), con el fin de acreditar 5 años mínimo de experiencia en el ejercicio de la actividad comercial suministrando servicios iguales o similares a los requeridos en el presente pliego condicio”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

A revisarHallazgo en documentos

Garantía de vicios ocultos prevista para un contrato de servicios

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego condiciona la devolución de la garantía de fiel cumplimiento a que se constituya una garantía de vicios ocultos, aunque el objeto es un servicio de agencia publicitaria. El Reglamento 52-26 limita expresamente esa garantía a contratos cuyo objeto sea la construcción de obras; la cláusula merece aclaración por la carga que podría imponer al adjudicatario.

“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución contratant”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos

Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Plazo del anticipo MIPYME no armonizado con su otorgamiento al firmar

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

Una cláusula fija el anticipo MIPYME del 30% dentro de los 30 días calendario posteriores a la firma; otra indica que el primer pago se hará con la firma del contrato. La diferencia de oportunidad debe aclararse frente a la regla legal que prevé el anticipo con la suscripción.

“si se tratase de un oferente certificado como MIPYME este anticipo será del treinta por ciento (30%), se hará en un plazo no mayor de treinta 30 días calendarios días a partir de la firma del Contrato … Este pago se hará con la firma del Co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (17)

  • CONVOCATORIA LPN-2026-0004.pdfDocumento · 30 abr de 2026
  • ESTUDIOS PREVIOS.pdfEstudio previo · 30 abr de 2026 · 1 señal
  • editables.zipDocumento · 30 abr de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRA LPN 4.pdfSolicitud de compra · 30 abr de 2026 · 2 señales
  • DICTAMEN JURIDICO LPN 4.pdfPliego · 30 abr de 2026
  • ACTA INICIO LPN 4.pdfInforme pericial · 30 abr de 2026 · 1 señal
  • Constancia publicación periodico.pdfDocumento · 30 abr de 2026
  • 1 5 2026 DIARIO LIBRE.pngDocumento · 1 may de 2026
  • 1 5 2026 el caribe.pngDocumento · 1 may de 2026
  • ACTA ENMIENDA I LPN-2026-0004.pdfEnmienda · 5 jun de 2026
  • ACTA ENMIENDA II LPN-0004.pdfEnmienda · 9 jun de 2026
  • ACTA DE ENMIENDA III LPN 04.pdfEnmienda · 10 jun de 2026 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • ACTA CIRCULAR I LPN-0004.pdfCircular · 10 jun de 2026 · 2 señales
  • ACTA ENMIENDA IV LPN-0006.pdfEnmienda · 7 jul de 2026 · 1 señal
  • ENMIEMDA V LPN-0004.pdfEnmienda · 22 jul de 2026
  • Acta adjudicacion LPN 04.pdfActa de adjudicación · 31 jul de 2026 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —