Modificación y recepción ordenadas después del vencimiento consignado
· hace 4 meses
El acta fija la vigencia del contrato hasta el 11 de mayo de 2026, pero la decisión del 8 de junio ordena suscribir una adenda y recibir inmediatamente el ítem. El Reglamento exige formalizar la modificación antes de realizar cualquier prestación; corresponde verificar la vigencia contractual y la fecha efectiva de la adenda frente a la recepción ordenada.
““POR CUANTO: Que el contrato base, fue registrado y certificado mediante el Sistema de Trámites Regulares Estructurados (TRE) de la Contraloría General de la República bajo el número de registro BS--2025, en fecha dos (2) de diciembre del a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 181 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →