El pliego establece las condiciones de una licitación pública nacional para adquirir mobiliario administrativo y aires acondicionados, convocada el 4 de agosto de 2025 y dividida en dos lotes, con valor referencial de RD$15,925,000. Fija la recepción de ofertas para el 16 de septiembre de 2025, adjudicación por ítems al menor precio entre las ofertas habilitadas y entregas escalonadas. La fecha exacta de emisión del documento no aparece; la portada indica únicamente julio de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite desempatar por mayor duración de garantía o por la aceptación de las marcas en el mercado, a elección del Comité y con intervención de un perito. El artículo 131 del Reglamento 416-23 prevé criterios de desempate específicos y, si no aplican o no están indicados, selección al azar; el criterio de marca y la alternativa discrecional ameritan revisión.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se podrá elegir el equipo que ofrezca el mayor tiempo de vigencia de la garantía ofertada O el Comité de Compras y Contrataciones conjuntamente con el perito actuante y, en presencia ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Se exige que el RPE de cada oferente incluya los códigos de mobiliario y climatización, aunque la adjudicación se establece por ítems y el objeto está dividido en lotes de mobiliario y aires acondicionados. Aplicar los tres códigos también a quien oferte solo una categoría podría restringir la participación de proveedores especializados; conviene verificar cómo se aplicó el requisito.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC las actividades comerciales , y , sobre “objeto del procedimiento de selección” de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El cronograma fija la convocatoria el 4 de agosto y la recepción de ofertas el 16 de septiembre de 2025. Según las publicaciones en prensa consignadas en los datos del proceso, la última fue el 5 de agosto; entre el día hábil siguiente y el día anterior a la recepción resultan 29 días hábiles, frente al mínimo de 30 para licitación pública nacional. Conviene confirmar las fechas efectivas de publicación.
“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional lunes (4) de agosto del año 2025 … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica). martes (16) de septiembre”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 96 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 18
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
El pliego consigna un valor referencial de RD$15,925,000, mientras que el portal registra un monto estimado de RD$16,925,000, una diferencia de RD$1,000,000. Puede tratarse de una discrepancia de registro, pero se debe verificar cuál cifra sustentó el presupuesto y la evaluación económica.
“El valor referencial para esta compra asciende QUINCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$15,925,000.00) incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien a adqu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona