El Comité de Compras y Contrataciones aprobó por unanimidad, el 5 de junio de 2026, observaciones del organismo regulador al proceso CORAAVEGA-CCC-CP-2026-0002, estimado en RD$6,280,000.00. El acta registra la corrección de la visualización del proceso y la publicación del modelo de contrato y las especificaciones; además, enmienda el plazo para suscribir el contrato y el límite de subcontratación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Esta acta aprueba expresamente que el límite de 50% dependa de que el oferente adjudicatario sea MIPYME. La Ley 47-25 permite ese límite especial cuando las empresas subcontratadas son MIPYMES; la condición del acta puede ampliar quién accede al porcentaje mayor y amerita revisar el control sobre la identidad de quienes ejecutarán la obra.
“si el oferente está clasificado como MIPYME podrá contratar hasta un cincuenta (50%) por ciento de la obra”
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Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
El acta exige que la declaración de oferta libre de colusión esté legalizada por notario. El artículo 108 exige la declaración o certificación, pero no establece esa formalidad notarial; es un requisito adicional cuya necesidad y efecto sobre la participación conviene verificar.
“Esta certificación o declaración jurada debe estar firmada por la persona que tenga calidad para la presentación de la oferta y debe estar legalizada por un notario público.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 108 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 108 — Oferta económica
Artículo 108.- Oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda; 2) La garantía de la seriedad de la oferta, cuando aplique al procedimiento; y 3) Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: El porcentaje del 50% queda ligado a la condición MIPYME del oferente principal, no a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES..
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Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Pliego, numeral 1, sección III, página 28Plazo para la suscripción del contrato
El acta no transcribe el plazo anterior; indica que lo enmienda.
Máximo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Neutral
Pliego, numeral 12, página 31Porcentaje máximo de subcontratación
El acta no reproduce el texto anterior.
Hasta 45% de la obra; hasta 50% si el oferente está clasificado como MIPYME.
RelajaQuita un control: El porcentaje del 50% queda ligado a la condición MIPYME del oferente principal, no a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES.
Oferta técnicaDeclaración de oferta libre de colusión
El acta no identifica la cláusula anterior; el artículo 108 de la Ley 47-25 ubica la declaración en la oferta económica.
Exige presentar la declaración con la oferta técnica, firmada por quien tenga calidad para ofertar y legalizada por notario.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona