Enmienda registrada un día antes del cierre
· hace 5 meses
El portal registra como última enmienda el 2 de junio, mientras que la convocatoria fija el cierre de ofertas para el 3 de junio a las 5:30 p. m. Si la enmienda incorporó cambios sustanciales, el plazo tan breve merece verificarse frente a la regla de extensión proporcional; la convocatoria por sí sola no indica qué modificó esa enmienda.
“Las Propuestas: Técnica ("Sobre A") y Económica ("Sobre B") serán recibidas en sobres sellados ante la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas del CEIZTUR, hasta las 5:30 P. M. del día 3 de junio del 2026 en el 3er nivel del edificio PR” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
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