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Pliego

Pliego de Condiciones - Combustible .pdf

ADQUISICIÓN DE TICKETS DE COMBUSTIBLE PARA SR UTILIZADOS EN LA FLOTILLA VEHICULAR Y LAS FUNCIONES OPERATIVAS DE ESTA INSTITUCIÓN · Departamento Aeroportuario

Publicado el 27 may de 202639 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Dpto. Aeroportuario-CCC-CP-2026-0007

Lo que dice

El pliego establece la adquisición de 7,000 tickets de combustible, con valor referencial de RD$6,000,000 y convocatoria prevista para el 27 de mayo de 2026. Fija requisitos legales, financieros y técnicos, evaluación técnica de cumple/no cumple y adjudicación por precio considerando el descuento; el cronograma prevé recibir ofertas hasta el 5 de junio y adjudicar el 22 de junio de 2026. El portal registra que Servicios Empresariales Canaan, SRL fue adjudicada por RD$6,000,000; las actas anteriores indican que fue la única habilitada para apertura económica.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego restringe ofertas de empresas con accionistas coincidentes

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que compartan uno o más accionistas, aunque sean personas jurídicas distintas. La Ley 47-25 prohíbe que una misma persona participe más de una vez, pero no establece por sí sola esa exclusión general por accionistas compartidos; la condición puede reducir la concurrencia.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYME

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego exige garantía de seriedad y limita para las MIPYMES el tipo de garantía a una fianza de seguro. La Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad de oferta para MIPYMES, por lo que la exigencia puede imponerles una carga económica y restringir su participación.

“Póliza o Garantía Bancaría por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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Criterio territorial sin método de evaluación definido

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego indica que se evaluará la ubicación de las estaciones y su cercanía a la sede, pero no fija distancia, escala ni umbral para determinar cumplimiento. Esa falta de parámetros puede dejar una valoración relevante para habilitar la oferta sin una regla verificable anticipadamente.

“Nota: Se evaluará la ubicación de las estaciones a nivel nacional y la cercanía de estaciones a la sede Central.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Plazo de defensa de debida diligencia menor al reglamentario

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

Para responder a indicios detectados en la debida diligencia, el pliego concede tres días hábiles antes de la descalificación. El Reglamento 52-26 establece cinco días hábiles para que el oferente presente alegatos de defensa en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; el plazo más corto merece revisión en los casos cubiertos por esa regla.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · Ley 47-25, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

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Subcontratación de hasta 50% sin limitarla a MIPYMES

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego permite subcontratar hasta 50% del monto de las tareas sin condicionar ese porcentaje a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La Ley fija como regla hasta 45% y permite llegar a 50% cuando las subcontratadas sean MIPYMES; la cláusula puede reducir la proporción de ejecución directa del adjudicatario sin esa condición.

“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo de la Ley núm. 47-25 y sus ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES

Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).

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Plazo de pago previsto de hasta 45 días

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego fija un plazo de pago no mayor de 45 días después de depositar factura y conduce. La Ley 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago prevista en el contrato y se presenta el requerimiento, por lo que el plazo del pliego merece revisión frente a esa regla.

“Las condiciones de pago establecidas a crédito y a ser realizados en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días luego de haber depositado la factura y conduce.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Plazo de garantía de fiel cumplimiento con dos duraciones distintas

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego señala primero una vigencia de seis meses y luego exige un mínimo de un año, hasta el fiel cumplimiento y liquidación. La contradicción dificulta conocer la duración exigible y debe contrastarse con la regla de vigencia hasta la liquidación del contrato.

“La garantía de fiel cumplimiento de contrato, con una vigencia de seis (6) meses, contado a partir de la fecha de suscripción y hasta su fiel cumplimiento. … La vigencia de la garantía será de mínimo 1 año, contados a partir de la constituc”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…

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Índice de solvencia exigido sin umbral de cumplimiento

Documento del 27 may 2026 · hace 4 meses

El pliego requiere demostrar un «buen índice de solvencia» mediante estados financieros de dos ejercicios, pero no define el valor mínimo ni la fórmula para determinar si se cumple. Esa indeterminación deja sin precisar cómo se aplicará un requisito de calificación financiera.

“El oferente demuestra contar con un buen índice de solvencia”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Oferentes que registra (3)

2 no habilitado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Servicios Empresariales Canaan, SRLEl acta anterior indica que fue el único oferente habilitado para la apertura económica y que cumplió los requisitos del pliego.Adjudicado—RD$6,000,000
Next Dominicana, SAEl acta anterior indica que Canaan fue el único oferente habilitado para la apertura económica; no detalla la causa individual de la no habilitación.No habilitado—RD$6,000,000
Sigma Petroleum Corp, SASEl acta anterior indica que Canaan fue el único oferente habilitado para la apertura económica; no detalla la causa individual de la no habilitación.No habilitado—RD$6,000,000

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Acta de aprobacion inicio.pdfPliego · 26 may de 2026 · 1 señal
  • Acta de aprobacion de perito.pdfInforme pericial · 26 may de 2026 · 1 señal
  • compromiso etico peritos.pdfInforme pericial · 26 may de 2026
  • Adenda_enmienda_N.1_CP-2026-0007_signed (1).pdfEnmienda · 2 jun de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION CP-2026-0007.pdfActa de adjudicación · 18 jun de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE APERTURA SOBRE B.pdfActa · —
  • ACTA DE BAPROBACION DE INFORME DEFINITIVO CP-2026-0007.pdfInforme de evaluación · —
  • CONTRATO CANAAN.pdfContrato · —
  • Garantia de fiel cumplimiento del contrato Canaan.pdfContrato · —
  • INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION DE OFERTAS ECONOMICA CP-2026-00.pdfInforme de evaluación · —
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