La Resolución CCC-118-2026, de 2026-05-26, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego de la licitación MIDEREC-CCC-LPN-2026-0002 para construir la Arena Fernando Teruel de La Vega. Modifica el cronograma, incorpora un anticipo del 30% para MIPYMES y diferencia los límites de subcontratación: 45% en general y hasta 50% cuando se subcontrate con MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control previo de identidad de los subcontratistas propuestos, de las tareas que ejecutarían y de su elegibilidad..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda añade el anticipo del 30% para MIPYMES, pero conserva en la misma cláusula el 20% y termina indicando «para todos los proveedores» y un plazo de hasta 60 días. Aunque puede interpretarse que el 30% es la regla especial para MIPYMES, la redacción no distingue con claridad cómo se aplica ese plazo frente al anticipo que la ley dispone al suscribir el contrato.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a), previstas en el numeral 10 condiciones de pago y retenciones, que asciende a un 20% y se otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de com”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
CronogramaFechas de subsanación, evaluación, apertura económica y publicación del contrato
Subsanación técnica: 30/06; resultados de subsanación: 03/07; apertura económica: 06/07; evaluación económica hasta 08/07; publicación del contrato «antes del lunes de julio de 2026».
Subsanación técnica hasta 01/07; resultados: 06/07; apertura económica: 08/07; evaluación económica hasta 09/07; publicación del contrato antes del 27/07/2026.
Aclara
Anticipo y garantía de buen uso de anticipoPorcentaje y oportunidad del anticipo a MIPYMES
Anticipo del 20% para todos los proveedores, pagadero hasta 60 días después de la firma del contrato.
Mantiene el 20% y añade un anticipo del 30% para MIPYMES al suscribir el contrato, orden de compra o servicio, sin factura.
Aclara
SubcontrataciónLímite porcentual y condición para el límite especial
Se permitía subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas del pliego.
Límite general de 45%; hasta 50% cuando la subcontratación se realice con MIPYMES.
Endurece
SubcontrataciónIdentificación de subcontratistas y verificación de inhabilidades
El oferente debía indicar en su oferta las tareas y las personas o empresas que subcontrataría, que no podían estar incursas en el régimen de inhabilidades.
El texto enmendado transcrito establece los porcentajes y la autorización institucional, pero no reproduce la exigencia de identificar en la oferta las tareas y subcontratistas ni la condición expresa sobre inhabilidades.
RelajaQuita un control: Se debilita el control previo de identidad de los subcontratistas propuestos, de las tareas que ejecutarían y de su elegibilidad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona