Publicado el 25 may de 2026Fechado el 24 may de 20265 páginasEn el mensaje «ENMENDAR EL PLIEGO DE CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE REFERENCIA NÚM. DESARROLLO PROVINCIA-CCC-LPN-2026-0001, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMUNITARIAS Y DEPORTIVAS A NIVEL NACIONAL.»
El acta CPADP/CCP/005/2026, de fecha 2026-05-25, enmienda el pliego de la licitación DESARROLLO PROVINCIA-CCC-LPN-2026-0001. Incorpora precisiones sobre accesibilidad y costos unitarios, elimina la exigencia de maestría para el arquitecto de proyecto y el ingeniero residente, y mantiene ese requisito para el gerente del proyecto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la verificación de formación de maestría para dos profesionales clave propuestos para ejecutar la obra.; Se suprime la cotización de respaldo de tercero cuando se presenta un análisis desglosado de componentes y costos..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Artículo 3, Especificaciones técnicasAccesibilidad universal en las obras
La redacción anterior del artículo no se reproduce en el acta.
Se expresa que los nuevos proyectos deben garantizar accesibilidad universal conforme al Reglamento M-007 y que las especificaciones del proceso constan en anexos.
Aclara
Artículo 11.1.2, numeral 8; páginas 19 y 30Formación del arquitecto de proyecto y del ingeniero residente
Se requería maestría para el arquitecto de proyecto, el ingeniero residente y el gerente del proyecto.
Se elimina la maestría para el arquitecto de proyecto y el ingeniero residente; se mantiene únicamente para el gerente del proyecto.
RelajaQuita un control: Se elimina la verificación de formación de maestría para dos profesionales clave propuestos para ejecutar la obra.
Artículo 11.2.3, numeral 3; oferta económica Sobre BTransparencia del ITBIS en análisis de costos unitarios
El acta no reproduce la redacción anterior completa del numeral; identifica el análisis de costos unitarios como requisito.
Se especifica que el ITBIS debe transparentarse en las partidas de materiales y equipos.
Endurece
Artículo 11.2.3, numeral 3, y artículo 12.2Cotizaciones para partidas por administración o subcontrato
Para una partida presentada mediante PA o subcontrato se exigía adjuntar cotización formal que avalara el precio.
La cotización se requiere solo si la partida se presenta mediante PA o subcontrato y no se aporta un análisis de costos unitarios detallado que sustente los precios.
RelajaQuita un control: Se suprime la cotización de respaldo de tercero cuando se presenta un análisis desglosado de componentes y costos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona