Estimación muy superior a la de un proceso posterior de objeto similar
· hace 4 meses
El portal registra para el 8 de septiembre de 2026 otro proceso de la institución para almuerzos y cenas con un estimado de RD$6,400,000, aproximadamente 70.9 % menor que los RD$22,000,000 de esta solicitud. Como el proceso posterior pudo tener cantidades o alcance distintos, conviene contrastar ambos alcances y las raciones previstas; la diferencia por sí sola no determina una irregularidad.
“Objeto de la compra: Contratacion de servicios de almuerzos y cenas para los coiaboradores de ia Unidad Tecnica Ejecutora de Titulacion de Terrenes del Estado. Total: 22,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
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