El requerimiento no concuerda con los ítems registrados en el portal
· hace 4 meses
El documento solicita mobiliarios para CAPGEFI y otras áreas; en cambio, la ficha del portal para este proceso registra, entre otros, motocicletas y vehículos todoterreno por RD$6,120,000 en conjunto, además de fumigación y artículos diversos. La diferencia de alcance dificulta verificar que los bienes y servicios convocados estén respaldados por esta solicitud; además, el Decreto 51-26 exige autorización escrita para comprar vehículos de motor, cuya existencia debe verificarse en el expediente, pues este requerimiento no la consigna.
“Solicitud de mobiliarios e … Escritorio o estaciones de trabajo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 99 · Ley 47-25, art. 87 · Decreto 51-26, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Decreto 51-26, artículo 3
ARTÍCULO 3. Quedan prohibidas las compras de vehículos de motor. PÁRRAFO. De manera excepcional, podrán efectuarse compras de vehículos de motor cuando la institución correspondiente cuente con autorización escrita emitida al efecto por el ministro Administrativo de la Presidencia y cumpla con todas las normas aplicables.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.