El pliego del proceso SRSCNE-CCC-CP-2026-0002 establece el remozamiento de centros de salud en seis lotes, con presupuesto base de RD$60,214,451.76 y plazo de ejecución de dos meses. Fija la convocatoria para el 11 de mayo de 2026 y el cierre de ofertas para el 21 de mayo; dispone evaluación de cumple/no cumple y adjudicación por menor precio. También establece condiciones de participación, ejecución y pagos, e identifica al personal responsable del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego impide participar a personas o empresas adjudicatarias de procesos anteriores de la institución cuyas obras estén por debajo del 80% de entrega o recepción satisfactoria. La regla puede excluir competidores por su desempeño en contratos previos sin distinguir el monto, la relevancia o las causas del avance, por lo que conviene verificar su proporcionalidad respecto de este objeto.
“Nota I: En el presente proceso no podrán participar las personas físicas o jurídicas que hayan resultado adjudicatarios en procesos anteriores, y cuyas obras adjudicadas se encuentren en un nivel inferior a un 80% para la entrega o recepció”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego fija un máximo de dos días hábiles para corregir defectos, aunque la magnitud y naturaleza de las obras o reparaciones podrían requerir plazos distintos. El propio texto indica que el plazo debe ser proporcional al tipo de corrección; conviene comprobar cómo se aplicaría esa condición en cada caso.
“De existir anomalías, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles15, al contratista para que subsane los defectos y proceda, en un plazo16 no superior a dos (2) hábiles, a la corrección de los errores detectados.”
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Reglamento 52-26, artículo 183 — Recepción
Artículo 183.- Recepción. Los responsables deben recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados están sujetos a la conformidad de la recepción, una vez verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verifican cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles se debe intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgándole un plazo para tales fines. Párrafo II. Si se verifica que los bienes, servicios u obras no cumplan con lo solicitado, se procede al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se intima al proveedor, quien debe cumplir en el plazo…
La sección de penalidades enumera advertencias, ejecución de garantías y penalidades, pero no identifica una tasa diaria ni el método para determinar su proporción. La Ley 47-25 dispone que la proporción y determinación de las penalidades por demora se definan en el pliego y el contrato; se debe verificar si otro apartado del pliego concreta esos parámetros.
“Penalidades por retraso 1) Advertencia escrita. 2) Ejecución de las garantías. 3) Penalidades establecidas en el pliego de condiciones o en el contrato.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
La tabla de evaluación financiera incluye una certificación de registro de sujeto obligado (UASF), sin precisar su aplicabilidad ni explicar su relación con los trabajos de remozamiento. Debe comprobarse si se trata de un requisito habilitante y, de ser así, si es proporcional y está vinculado al objeto contractual.
“Certificaciones Certificación de registro de sujeto obligado (UASF)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona