El pliego del proceso SRSCNE-CCC-CP-2026-0002 establece una contratación de remozamientos distribuida en seis lotes, con presupuesto base de RD$60,214,451.76 y plazo de ejecución de dos meses. Fija la convocatoria para el 11 de mayo de 2026 y la recepción de ofertas hasta el 21 de mayo; aplica evaluación técnica y económica de cumple/no cumple y adjudicación por menor precio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige la garantía de seriedad a quienes presenten oferta y solo adapta para las MIPYMES el tipo de garantía, pero la Ley 47-25 establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para ellas. La condición puede imponerles un costo o requisito de participación adicional.
““los(as) oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta” … “Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego fija que la garantía de seriedad permanezca vigente hasta la liquidación del contrato, aunque el Reglamento 52-26 establece que debe cubrir desde la apertura técnica hasta la suscripción del contrato. La extensión eleva el período de cobertura exigido al oferente y merece verificarse.
““los(as) oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta la liquidación del contrato””
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El pliego condiciona el desembolso del anticipo MIPYME a un plazo de hasta 45 días después de la firma y certificación del contrato. La Ley 47-25 dispone un anticipo del 30% con la suscripción del contrato, por lo que el plazo previsto puede diferir el acceso a ese flujo de fondos.
““asciende al 20% de anticipo descrito en el pliego para los proveedores que no son MiPymes y a un 30% si se trata de un oferente certificado como MIPYME, se hará en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días a partir de la firma y certifica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La lista de documentos legales exige que el RPE tenga inscrito el código 72100000, mientras que la tabla de evaluación legal refiere al código 72130000. La diferencia deja incierto cuál actividad se verificará y puede afectar la habilitación de oferentes.
““debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial -Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e instalaciones” … “comercial Construcción general de edificios””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
La tabla define un límite de endeudamiento menor a 1.50, pero asigna «Cumple» a un valor menor o igual que >1.50 y «No cumple» a uno mayor que <1.50. La fórmula contradictoria puede producir evaluaciones inconsistentes o discrecionales de la solvencia.
““Límite establecido: Menor 1.50” … “Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona